REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Lara
Barquisimeto, dieciocho de julio de dos mil diecinueve
209º y 160º
ASUNTO: KP02-V-2008-004499

DEMANDANTE: JULIO CESAR MILITO LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-7.400.158, de este domicilio.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: José Cestari, Walter Rodríguez, María Bermúdez, Mónica Camargo, Miguel González, Anelay González, Jennifer Rizza Meléndez, Moraima Mendoza y Antonietta Consentido, Inpreabogado Nº 66.111, 80.590, 90.493, 92.271, 127.573, 92.355, 126.094, 1402.840 y 133.324, respectivamente.

DEMANDADA: empresa INVERSIONES YACAMBU, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en fecha 02 de diciembre de 1.992, inserta bajo el N° 27, Tomo 17-A, representada por su Presidente, ciudadana CARMEN CARPENTIERI MILITO, titular de la Cédula de Identidad N° 5.248.581.

MOTIVO: NULIDAD DE ASAMBLEA

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.

Revisadas como han sido las presentes actuaciones, este Tribunal observa lo siguiente, establece el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, que, “Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá la perención… (Omissis).

En tal sentido, se evidencia claramente que la presente causa, se encuentra por más de un año sin ningún tipo de actividad procesal por las partes, ya que desde el 20 de febrero de 2018, fecha en la cual, se ordenó la citación mediante edicto de los herederos desconocidos de la demandada ciudadana Teresa Milito de Carpentieri, y hasta la presente fecha, ha transcurrido mas de un año sin actividad procesal, por lo que claramente el caso de marras se subsume dentro de la previsión contenida en el Artículo 267 de nuestro legislador adjetivo civil general, por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y Por Autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA ANUAL, en la presente causa por NULIDAD DE ASAMBLEA, interpuesta por el ciudadano JULIO CESAR MILITO LOPEZ contra la empresa INVERSIONES YACAMBU, C.A., representada por su Presidente ciudadana CARMEN CARPENTIERI MILITO, arriba todos identificados
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los dieciocho (18) días del mes de julio de dos mil diecinueve (2019). Años: 209º y 160º.
La Juez Provisoria,

Abg. Milagros de Jesús Vargas El Secretario Temporal,

Abg. Elías Abrahán Pérez
MJV/ihp.-