REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, siete de marzo de dos mil diecinueve
208º y 160º
ASUNTO: KP02-F-2017-000787
PARTE DEMANDANTE: EYBERT JOSE MELENDEZ ALVAREZ, Venezolano, mayor de edad, civilmente hábil titular de la cedula de identidad N° V- 12.246.450 de este domicilio.
PARTE DEMANDADA: ELIZABETH IZAMAR URE DAZ, Venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cedula de identidad N° V-15.886.926 y domiciliada en la Av. Ribereña con Av. el placer, Urb.Tarabana plaza, casa N° 2-33, cabudare, municipio Palavecino.
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
DIVORCIO
Se inició el presente juicio de la demanda de DIVORCIO, presentada por el ciudadano EYBERT JOSE MELENDEZ ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil titular de la cedula de identidad N° V-12.246.450 de este domicilio, debidamente asistido por la abogada ANGI MARIELA CACERES REQUINIVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-13.843.080, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 108.694 contra la ciudadana ELIZABETH IZAMAR URE DAZ, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cedula de identidad N° V-15.886.926 y domiciliada en la Av. Ribereña con Av. el placer, Urb.Tarabana plaza, casa N° 2-33, En fecha 02/08/2017 se dictó auto donde se recibe y se le da entrada la demanda (Folio 08). En fecha 03/08/2017 se admite la demanda (folio 09). En la misma fecha se libra boleta de notificación al Ministerio Publico en materia de Familia. En fecha 06/08/2017 fue consignada la boleta de notificación firmada por la fiscal 14 en materia de Familia. De lo antes expuesto este Tribunal trae a colación lo siguiente:
El artículo 267 del Código de Procedimiento Civil en su encabezamiento establece:
SIC: “Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes”.
En el presente caso, se observa que desde la última actuación de Impulso procesal de la parte actora en fecha 01/08/2017, donde se le dio entrada y fue admitida la demanda, hasta la presente fecha ha transcurrido más de un año sin que se cumpliera ningún acto de impulso procesal, por lo cual, se verificó en el presente caso, el supuesto de hecho previsto en la norma parcialmente transcrita, en razón de lo cual este Juzgado, de conformidad con los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en el presente juicio de DIVORCIO, intentado por el ciudadano EYBERT JOSE MELENDEZ ALVAREZ contra la ciudadana ELIZABETH IZAMAR URE DAZ.
REGISTRESE Y PUBLIQUESE. DEJESE COPIA.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. En Barquisimeto a los siete
(07) días del mes de febrero de dos mil Diecinueve. AÑOS: 208º y 160º
La Juez Provisorio
Johanna Dayanara Mendoza Torres
El secretario
Luis Fernando Ruiz Hernández
En la misma fecha se publicó y se dejo copia de sentencia Nº 80, quedó asentado en el Libro Diario bajo el Nº35 a las 12:06 am.
El secretario
Luis Fernando Ruiz Hernández
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