REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL
MUNICIPIO SUCRE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.
Biscucuy, 24 de Septiembre de 2019
212º y 163°

Exp Nº . 2596/2019
PARTES: José Luis Mejias Ortegano y Genesis Raquel Villegas Azuaje, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad Nº. 18.072.212 y 22.093.750 respectivamente
Motivo: Ofrecimiento de Obligación de Manutención

Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos José Luis Mejias Ortegano y Genesis Raquel Villegas Azuaje, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédula de identidad Nº. 18.072.212 y 22.093.750 respectivamente, en representación de su hijo xxx. Donde el referido ciudadano ofrecio pasarle a su hijo un mercado de comida de manera quincenal, tales como: carne, huevo, pollo, queso, pasta, arroz, azúcar, mantequilla, harina, platanos, cereales, leche entre otros, asi como el 50% de los gastos de útiles escolares, uniformes en el mes de septiembre, de igual forma el 50% de los gastos consultas médicas y medicamentos en caso de enfermedad, los gastos en el mes de diciembre serán compartidos por ambas partes; y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio de conformidad con el artículo 516 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, no vulnera los derechos del niño, el Tribunal le imparte su Homologación, de conformidad con lo establecido en el artículo 317 de la mencionada Ley, en concordancia con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
La Juez Provisorio,

Abg. Yaneth García de Parra

La Secretaria,

Abg. Yasmin Hidalgo Valderrama