REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS, DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO LA GUAIRA
211º y 162º

ASUNTO: WP12-S-2021-000462
SOLICITANTE: VERONICA MERCEDES LIENDO LOPEZ
ABOGADO ASISTENTE: NORBERTO J. LOZADA C., IPSA N° 174.248
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS

Vista la solicitud formulada por la ciudadana VERONICA MERCEDES LIENDO LOPEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V-11.641.220, asistida de abogado, mediante la cual solicita se les declare a ella y a los ciudadanos EYKER ALEJANDRO ZAMBRANO MARQUEZ, JESUS ALBERTO ZAMBRANO GUTIERREZ Y JESUS MANUEL ZAMBRANO GUTIERREZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-26.440.184, V-29.572.774 y V-27.441.582 respectivamente, Únicos y Universales Herederas respecto al De-Cujus ANTONIO ZAMBRANO NARVAEZ, ex titular de la identidad N° V-7.958.117, fallecido en fecha 27 de Diciembre de 2020, según acta de defunción N°208, Folio 208 de fecha 28 de Diciembre de 2020, la cual corre inserta en los libros que reposan en los archivos de la Unidad de Registro Civil de la Parroquia La Guaira, Municipio Vargas del Estado la Guaira. Asimismo, evacuadas las documentales y testimoniales promovidas, el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de los solicitantes, por lo que nada obsta para que este Tribunal declare UNICOS Y UNIVERSALES HEREDERAS a los ciudadanos VERONICA MERCEDES LIENDO LOPEZ, EYKER ALEJANDRO ZAMBRANO MARQUEZ, JESUS ALBERTO ZAMBRANO GUTIERREZ Y JESUS MANUEL ZAMBRANO GUTIERREZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.641.220, V-26.440.184, V-29.572.774 y V-27.441.582 respectivamente, respecto al De-Cujus ANTONIO ZAMBRANO NARVAEZ, ex titular de la identidad N° V-7.958.117, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del código de procedimiento civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte interesada.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevados por este Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, en Maiquetía a los seis (06) días del mes de Agosto del año dos mil veintiuno (2021). Años 211° de la independencia y 162° de federación.-
LA JUEZ

MAGLI GONCALVES.
LA SECRETARIA,

NANCY USECHE.

En esta misma fecha, siendo las diez y cuarenta (10:40 A.M.) se publicó y registro la anterior resolución.
LA SECRETARIA,

NANCY USECHE.