El Tocuyo, 03 de Diciembre del año 2.021
Años 211º y 162º
Visto la declaración que corre en los folio (10) de fecha 01 de Diciembre del año 2.021, donde la ciudadana MAGALLY DEL SOCORRO DE PEDRO SANCHEZ, venezolana, viuda, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-5.586.305; reconoce el contenido y la firma del documento privado, que corre insertos en los folios 2 frente y vuelto; suscrito por ellos en fecha 23 de Marzo del año 2021; este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Morán de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de conformidad con los artículos 1363 del Código Civil y el articulo 899, 900 y 901 del Código de Procedimiento Civil Vigente. DECLARA: RECONOCIDO EL DOCUMENTO INSERTO EN EL FOLIO 2 frente y vuelto, suscrito por los ciudadanos: JOSE LUIS HURTADO DE PEDRO y MAGALLY DEL SOCORRO DE PEDRO SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nº V-23.846.704 y V-5.586.305respectivamente. Désele salida y devuélvase a la parte interesada.-
El Juez Titular,
Abg. Douglas J Molina F.
La Secretaria
Abg. Joydeliz Vargas
Se cumplió con lo acordado y se devuelve el presente reconocimiento de firma, constante de ( ) folios útiles.
La Sec.
jv
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