REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA

DECRETO

Guanare, 19 de julio de 2021
Años: 211° y 161°

Tramitada como ha sido la presente solicitud por concepto de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la ciudadana: MILEIDA DEL CARMEN MEJIAS DE MUJICA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.402.582, de este domicilio, debidamente asistida en este acto por el abogado en ejercicio OLIVER SALAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 142.525, de este domicilio, mediante la cual solicita se le declare a ella, en su carácter de esposa y a los ciudadanos DANNY JESÚS MUJICA MEJÍAS, DEISY DEL CARMEN MUJICA MEJÍAS, JACKSON JOSÉ MUJICA MEJÍAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 19.757.566, 26.572.308 y 21.526.383, en su condición de hijos, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante ESTANISLAO DE JESUS MUJICA, quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.596.344, de este domicilio, quien falleció ab-intestato, el día veinte de septiembre del año dos mil veinte (20/09/2020), en esta ciudad de Guanare estado Portuguesa.
Y cumplidos como fueron los extremos de Ley, se le dio entrada, tramitándose el procedimiento conforme a derecho, es decir, se ordenó la publicación de un Edicto para la comparecencia de alguna persona interesada en este procedimiento, constando en autos que cumplidos tales requisitos no compareció persona alguna, por lo que se fijó oportunidad para la declaración de los testigos que presentara la parte interesada.
Consta en autos copia certificada del Registro de Defunción del causante Estanislao de Jesús Mujica, facsímiles de las cédulas de identidad del causante Estanislao de Jesús Mujica y de los ciudadanos Danny Jesús Mujica Mejías, Deisy del Carmen Mujica Mejías, Jackson José Mujica Mejías. Acta de Matrimonio correspondiente a los ciudadanos Mileida del Carmen Mejías de Mujica y Estanislao De Jesús Mujica. Partidas de Nacimientos correspondientes a los hijos del causante ciudadanos Danny Jesús Mujica Mejías, Deisy del Carmen Mujica Mejías, Jackson José Mujica Mejías.
En su oportunidad comparecieron por ante este Tribunal los ciudadanos Franklin Ramón Contreras López y José Alexander Atuesta Guzmán, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 10.056.504 y 11.404.766, respectivamente, testigos promovidos por la parte interesada, evidenciándose con su declaración los hechos invocados en la solicitud.
En consecuencia, por cuanto no ha habido oposición este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA estas diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos: MILEIDA DEL CARMEN MEJIAS DE MUJICA, DANNY JESÚS MUJICA MEJÍAS, DEISY DEL CARMEN MUJICA MEJÍAS, JACKSON JOSÉ MUJICA MEJÍAS, la cualidad de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante: ESTANISLAO DE JESUS MUJICA, vocación hereditaria que les deviene conforme al artículo anteriormente mencionado, en concordancia con los artículos 822, 823 y 824 del Código Civil, quedando a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas.

La Jueza Provisorio,

Abg. Carol Sofia Escobar Morales.

La Secretaria,

Abg. Lilia Yelitza Vizcaya Ramírez.

Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas, Constante de veitiocho (28) folios útiles. Conste.


Solicitud: 10.604-21
CSEM/LYVR