REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, ocho de noviembre de dos mil veintiuno
211º y 162º

ASUNTO: KP02-S-2021-002039

Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por los ciudadanos OSCAR JOSE DELGADO RODRIGUEZ y ANA EMILIA PEREZ DE DELGADO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad N° 3.409.961 y N° 5.247.683, respectivamente, asistidos en este acto, por los Abogados en Ejercicio SOLVEIT CASTRO DE AGUILAR y MERCEDES COROMOTO VASQUEZ GONZALEZ, inscritos en el IPSA bajo el N° 22.801 y N° 20.298, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones y llenos los requisitos para declarar a favor de los solicitantes la propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificadas en la presente solicitud, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO PROPIO, debidamente registrado por ante el Registro Publico del Primer Circuito del Municipio Iribarren, bajo el N° 2014.361, asiento registral 1 del inmueble matriculado con el N° 362.11.2.1.4444, folio real del año 2014, de fecha veinticinco (25) de abril del 2014, cuya ubicación, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de los solicitantes ciudadanos OSCAR JOSE DELGADO RODRIGUEZ y ANA EMILIA PEREZ DE DELGADO, anteriormente identificados, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
El Juez,




Magdiel José Torres.
La Secretaria


Lucila Suarez Alvarado.