REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara
Barquisimeto, once (11) de noviembre de dos mil veintiuno (2.021)
211º y 162º

ASUNTO: KP02-V-2021-001380
DEMANDANTE: ELIDE CHACON ESCALANTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.213.034.
ABOGADA ASISTENTE: MIGDALIA CARMONA, Inpreabogado Nº 7.430.472
MOTIVO: ACCION MERO DECLARATIVA DE UNION CONCUBINARIA
SENTENCIA: Interlocutoria con fuerza definitiva

Visto el escrito libelar presentado por la ciudadana Elide Chacón Escalante, asistida por la Abogada Migdalia Carmona, arriba ambas identificadas, mediante la cual pretende la ACCION MERO DECLARATIVA, al respecto este Tribunal observa:
Del libelo presentado por la solicitante no fue señalado legitimado pasivo alguno, lo que se traduce a una inadecuada conformación de la relación jurídica procesal, la cual es de estricto orden público, y siendo que, la pretensión debió ser intentada por la vía del procedimiento ordinario conforme a lo establecido en el artículo 16 y 338 del Código de Procedimiento Civil y no por vía especial de solicitud, correspondiendo a la parte interesada invocar el mismo; razón por la cual, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, declara INADMISIBLE la presente solicitud.
Regístrese y Publíquese. Archívese el expediente. Déjese copia certificada del presente fallo.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en Barquisimeto, a los once (11) días del mes de noviembre de dos mil veintiuno (2.021). Años: 211º y 162º.

La Juez Provisoria,

Abg. Belén Beatriz Dan Colmenárez

El Secretario Temporal,

Abg. Jhonny Alvarado Hernández
BBDC/JAH/ihp.-