REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO EXTENSIÓN EL VIGIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, CON SEDE EN EL VIGÍA. El Vigía, ONCE (11) DE OCTUBRE DEL DOS MIL VEINTIUNO (2021).
CAPITULO I
DE LAS PROMOCIONES DE PRUEBAS PRESENTADAS POR LOS PROFESIONALES DEL DERECHO: LENNY MERCEDES ZERPA Y FRANKLIN CECILIO ROZO, APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA
Visto el escrito de pruebas presentado en fecha 27 de SEPTIEMBRE de 2021, (f. 34,35, 36 y su vuelto), por los profesionales del Derecho ciudadanos: LENNY MERCEDES ZERPA Y FRANKLIN CECILIO ROZO, titulares de las cedulas de identidad Nros. V.- 12.280.950 y V.- 14.503.237, inscritos en el instituto de previsión social del abogado bajo los números 77.943 y 130.609 en condición de Apoderados Judiciales de la ciudadana: BENITA SANCHÉZ DE ALBORNOZ, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V- 9.034.491 este Tribunal, dentro de la oportunidad procedimental para providenciar dicho escrito de pruebas, de conformidad con el Artículo 398 del Código de Procedimiento Civil, ADMITE por ser legales y procedentes salvo su valoración en la sentencia definitiva, las pruebas contenidas en los siguientes particulares:
PRIMERO: PRUEBA DOCUMENTAL constante de Acta de Defunción de la progenitora del demandante EMILIA LOPEZ GUILLEN. SEGUNDO: PRUEBA DOCUMENTAL constante de Acta Certificada de Nacimiento de la hermana del demandante ELIZABETH LOPEZ.
En cuanto a las testimoniales, este Tribunal, de conformidad con el artículo 483 del Código de Procedimiento Civil, fija para el dia Martes ocho (08) de noviembre del dos mil veintiuno (2021) para oír declaración a los siguientes ciudadanos: 1) EDUARDO JAVIER ALBORNOZ SÁNCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V- 12.778.669, domiciliado en la Aldea Las Adjuntas, La Azulita del Municipio Andrés Bello del Estado Mérida, para que comparezca ante este tribunal a las nueve de la mañana (9:00 AM). 2) JOSÉ ALBERT ALBORNOZ UZCATEGUI, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V- 26.274.041, domiciliado en la Aldea Las Adjuntas, La Azulita del Municipio Andrés Bello del Estado Mérida, para que comparezca ante este tribunal a las nueve y treinta minutos de la mañana (9:30 AM). 3) INOCENCIO DÍAZ RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-8.713.858, domiciliado en la Aldea Las Adjuntas, La Azulita del Municipio Andrés Bello del Estado Mérida, para que comparezca ante este tribunal a las diez de la mañana (10:00 AM). 4) LUIS CONTRERAS CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V- 4.493.752, domiciliado en la Aldea Las Adjuntas, La Azulita del Municipio Andrés Bello del Estado Mérida, para que comparezca ante este tribunal a las diez y treinta minutos de la mañana (10:30 AM).
CAPITULO II
DE LAS PROMOCIONES DE PRUEBAS PRESENTADAS POR LA PROFESIONAL DEL DERECHO: DUNIA CHIRINOS LAGUNA, APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA
A su vez, visto el escrito de pruebas presentado en fecha 27 de septiembre de 2021, (f.40), presentado por el ciudadano: JEAN CARLOS LOPEZ, identificado en autos, en el presente juicio, asistido por la profesional del Derecho ciudadana: DUNIA CHIRINOS LAGUNA, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.929.732. Este Tribunal, dentro de la oportunidad procedimental para providenciar dicho escrito de pruebas, de conformidad con el Artículo 398 del Código de Procedimiento Civil, ADMITE por ser legales y procedentes salvo su valoración en la sentencia definitiva, las pruebas contenidas en los siguientes particulares:
PRIMERO: TESTIMONIALES este Tribunal, de conformidad con el Artículo 483 del Código de Procedimiento Civil, fija para el día Martes ocho (08) de noviembre de dos mil veintiuno (2021) para oír declaración a los siguientes ciudadanos: 1) VICTOR MANUEL RODRIGUEZ AVENDAÑO, titular de la cedula de Identidad V-16.038.089, domiciliado en la Aldea Holanda, Municipio Andrés Bello del Estado Mérida, para que comparezca ante este tribunal a las nueve de la mañana (9:00 AM) 2) JOSE MARCELINO LOPEZ TILANO, Titular de la cedula de identidad N° V-10.108.196, domiciliado en la Aldea Holanda, Municipio Andrés Bello del Estado Mérida, para que comparezca ante este tribunal a las nueve y treinta de la mañana (9:30 AM).
SEGUNDO: EXPERTICIA HEREDO BIOLOGICA, este tribunal a los fines de la evacuación de prueba de ADN, ordena oficiar al LABORATORIO DE BIOLOGIA Y MEDICINA EXPERIMENTAL DE LA UNIVERSIDAD DE LOS ANDES (LABIOMEX), a los fines de que se fije oportunidad para las tomas de las muestras respectivas de los ciudadanos: BENITA SANCHEZ DE ALBORNOZ, Titular de la Cedula de Identidad Nro. V-9.034.624, parte demandada en el presente juicio y JEAN CARLOS LOPEZ, Titular de la Cedula de Identidad Nro. V-18.189.685, parte actora. Y ASÍ SE DECIDE.-
Ahora bien en cuanto a la exhumación del ciudadano JUAN ALBORNOZ SANCHEZ, este Tribunal NO ADMITE la referida prueba por cuanto no han trascurrido cinco (05) años desde la muerte del referido ciudadano. ASI SE DECIDE.-
LA JUEZ,
LII ELENA RUIZ TORRES.
LA SECRETARIA TITULAR,

LEIDY MARIANA HERNANDEZ DIAZ.
LERT/yacr
Exp. 11.160




Exp. Nro. 11.160

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, EL VIGIA, ONCE (11) DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTIUNO (2021).

210° y 162°
“BOLETA DE NOTIFICACIÓN”
SE HACE SABER:

Al ciudadano: BENITA SÁNCHEZ DE ALBORNOZ, titular de la cedula de identidad V- 9.034.491, de nacionalidad venezolano, mayor de edad y/o a sus apoderados judiciales LENNY MERCEDES ZERPA Y FRANKLIN CECILIO ROZO, titulares de las cedulas de identidad Nros. V.- 12.280.950 y V.- 14.503.237, inscritos en el instituto de previsión social del abogado bajo los números 77.943 y 130.609 con domicilio procesal en la primera en la Pueblita del Arenal, calle Cadenas con calle principal, casa sin número, Parroquia Arias, Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida, en su carácter de parte demandada, Expediente Nro.11.160 DEMANDANTE: JEAN CARLOS LOPEZ. DEMANDADO: BENITA SANCHEZ DE ALBORNOZ. FECHA DE ENTRADA. 14 DE MAYO DE DOS MIL VEINTIUNO (2021), se acordó librarle la presente boleta para que sea de su conocimiento, que se admitieron las pruebas establecido en el artículo 398 del Código de Procedimiento Civil y en consecuencia se ordena notificar a las partes. Cúmplase

LA JUEZ,
LII ELENA RUIZ TORRES.
LA SECRETARIA TITULAR,


LEIDY MARIANA HERNANDEZ DIAZ.
LERT/yacr
Exp. 11.160












Exp. Nro. 11.160

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, EL VIGIA, ONCE (11) DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTIUNO (2021).

210° y 162°
“BOLETA DE NOTIFICACIÓN”
SE HACE SABER:

Al ciudadana: JEAN CARLOS LOPEZ, titular de la cedula de identidad V- 18.189.685, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, parte demandante en el presente juicio, domiciliado en jurisdicción del Municipio Andrés Bello la ciudad de El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida, Expediente Nro.11.160 DEMANDANTE: JEAN CARLOS LOPEZ. DEMANDADO: BENITA SANCHEZ DE ALBORNOZ. FECHA DE ENTRADA. 14 DE MAYO DE DOS MIL VEINTIUNO (2021), se acordó librarle la presente boleta para que sea de su conocimiento, que se admitieron las pruebas establecido en el artículo 398 del Código de Procedimiento Civil y en consecuencia se ordena notificar a las partes. Cúmplase
LA JUEZ,
LII ELENA RUIZ TORRES.
LA SECRETARIA TITULAR,


LEIDY MARIANA HERNANDEZ DIAZ.
LERT/yacr
Exp. 11.160



LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓNJUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA
El Vigía, 11 de octubre de 2021.

210° y 162°
OFICIO Nº 0107-2021

Ciudadano:
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACIOLO PARRA Y OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA.-
Su Despacho.-


Tengo a bien dirigirme a Ud., en la oportunidad de remitirle, anexo al presente COMISION DE MEDIDA INNOMINADA,

librado en el expediente cuya carátula dice: “Nro. Expediente Nro.11.160 DEMANDANTE: JEAN CARLOS LOPEZ. DEMANDADO: BENITA SANCHEZ DE ALBORNOZ. FECHA DE ENTRADA. 14 DE MAYO DE DOS MIL VEINTIUNO (2021).-

Remisión que le hago a los fines de la práctica de la medida innominada acordada.-


DIOS Y FEDERACION

LII ELENA RUIZ TORREZ
LA JUEZ


LERT/yacr

DIRECCIÓN DEL TRIBUNAL: EDIFICIO DON EFIGENIO, APARTAMENTO 3, CALLE 7, CRUCE CON AVENIDA 14, MUNICIPIO ALBERTO ADRIANI DEL ESTADOBOLIVARIANO DE MÉRIDA. TELEF. 0275-8818482 1erainstanciacivilelvigia@gmail.com