REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO EXTENSIÓN EL VIGIA


En horas de despacho del día de hoy, catorce (14) de octubre de dos mil veintiuno (2021), siendo las nueve (9:00), día y hora fijados por este Tribunal, para que tenga lugar el ACTO DE NOMBRAMIENTO DE EXPERTO en el presente juicio.- Se abrió el acto, se encuentran presentes la representación judicial de la parte actora abogado en ejercicio DUNIA CHIRINOS LAGUNA e inscrita en el Inpreabogado N° 10469 apoderado judicial de la parte actora y el profesional del derecho Abogado CESAR EDOARDO MORENO VIELMA; inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 199.030 apoderado de la parte demandada. En este estado y en cumplimiento a lo dispuesto por este Tribunal mediante auto dictado en fecha 11 de octubre de 2021 que obra al folio 61, procede a llevar a cabo el Acto de designación de experto promovido por la parte actora, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 451 y siguientes de Código de Procedimiento Civil. En este estado procede quine preside este acto a hacer llegar a las partes a un acuerdo en virtud de la economía procesal, para que sea nombrado un solo experto a los fines de que practique la experticia correspondiente; así las cosas, la representación judicial de ambas partes de común acuerdo proceden a nombrar al Abogado JOSÉ GREGORIO VILLASMIL COY, venezolano, mayor de edad, avaluador, titular de la cédula de identidad N° V-11.224.555, inscrito en la Asociación Civil de Avaluadores Profesionales Venezolanos (ASAPROVE), en fecha 10 de junio del 2001, bajo el N° 172, de conformidad con lo establecido en el artículo 454 de la Ley Procesal vigente. En tal virtud, por cuanto por unanimidad se procedió la designación del referido Experto, se ordena la Notificación del profesional del derecho anteriormente identificado, a los fines de a tenor de lo dispuesto en el artículo 458 de la Ley Adjetiva, dentro de el 3er día de despacho siguiente a que conste en autos que el Alguacil haya cumplido con dicha acto de comunicación procesal a las 10:00 de la mañana se lleve a cabo el acto en el cual el mismo manifieste su aceptación o excusa y de ser el caso preste juramento para desempeñar fielmente el cargo para el cual fue designado. Se advierte a las partes y así quedará impreso en la Boleta de Notificación librada al Experto designado que en virtud de el esquema del 7+7 decretado por el Ejecutivo Nacional en ocasión del estado de alarma surgido por la Pandemia de LA COVID-19, todos los actos tendrán lugar en la Semana Flexible, es decir, en la semana que para este despacho es hábil para despachar de manera presencial y virtual simultáneamente. Líbrese boleta. Es todo, se terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ TEMPORAL,

ABG. LII ELENA RUIZ TORRES
LA SECRETARIA,

ABG. LEIDY MARIANA HERNANDEZ DIAZ.
DUNIA CHIRINOS LAGUNA

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APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA


CESAR EDOARDO MORENO VIELMA

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APODERADO JUDICIAL PARTE DEMANDADA


LERT/Ajcg