REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, trece (13) de septiembre de dos mil veintiuno(2021)
211º y 162º
ASUNTO: KP02-S-2021-001670
Vista la solicitud presentada por el ciudadano LUIS ENRIQUE BOZA HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 7.440.193, de este domicilio, debidamente asistido por la abogada BETSIS DIAZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el No. 256.930, mediante la cual solicita se le conceda Título Supletorio sobre unas bienhechurías que fomento con dinero de su propio peculio y a sus propias expensas ubicadas en la calle 21 con carrera 16, sector Centro, parroquia Catedral, Municipio Iribarren del estado Lara, edificadas en un terreno ejido con una superficie de ciento ochenta y ocho metros cuadrados (188,00 mts2), alinderado así: NORTE: en línea de doce metros con sesenta centímetros (12,60mts) con terreno ocupado por Rosa Ulloa; SUR: en línea de doce metros con sesenta centímetros (12:60mts) con terreno ocupado por Juana Oropeza; ESTE: en línea de nueve metros (9,00mts) con calle 21 que es su frente y OESTE: en línea de nueve metros (9,00mts) con terrenos de la concha acústica; las referidas bienhechurías consisten en una construcción de tres niveles construidas con paredes de bloques frisado, techo de zinc y piso de baldosa, dos (02) habitaciones las cuales una tiene piso de cerámicas y la otra de cemento, un (01) baño con ducha y cerámica, cocina-comedor con cerámicas, dos (02) puertas de metal de entrada y salida, tres (03) puertas de madera; y el valor invertido es la cantidad de TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS MILLONES DE BOLIVARES SOBERANOS (Bs. 31.200.000.000,00). Evacuadas las testimoniales de los ciudadanos DEUDELIS MARIA ALVARADO MOGOLLON y RICHARD JESUS PINTO COLMENAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-7.463.736 y V-17.625.928 respectivamente, quienes fueron contestes en sus declaraciones, las cuales se aprecian y se les otorga valor probatorio, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, aprueba la mencionada justificación y declara TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO a favor del ciudadano LUIS ENRIQUE BOZA HERNÁNDEZ, ya identificado, sobre las bienhechurías descritas, DEJANDO A SALVO EL DERECHO DE TERCEROS de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZ
ABG. DIOCELIS JANETH PÉREZ BARRETO
EL SECRETARIO
ABG. LEWIS CARRASCO RANGEL
DJPB/LCR/l.fc
Asiento libro diario: 13