REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO NORTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON COMPETENCIA
EN LOS ESTADOS COJEDES Y YARACUY.-
Valencia, 04 de Agosto del 2022
Años: 212º y 163º
Exp. Nro. 11.835
En la condición de Juez Provisorio, designado por la Comisión Judicial en reunión de fecha 05 de noviembre del 2020 y con juramento ante el Presidente del Tribunal Supremo de Justicia el 18 de noviembre de 2020, el ciudadano PEDRO ENRIQUE VELASCO PRIETO, se aboca al conocimiento de la presente causa.
Ahora bien vista la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 17 de julio del 2008, mediante la cual declaró:
“(…omissis…) IMPROCEDENTE la pretensión de Amparo Constitucional, interpuesta por el abogado FREDDY TORRES JIMENEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-7.010.811, inscrito en el Inpreabogado Nº94.981, con el carácter de apoderado judicial del SINDICATO DE EMPLEADOS DE LA GOBERNACION DEL ESTADO CARABOBO (SINDIGOBER), contra la INSPECTORIA DEL TRABAJO BATALLA DE VIGIRIMA EN LOS MUNICIPIOS AUTONOMOS GUACARA, SAN JOAQUIN, DIEGO IBARRA Y LOS GUAYOS DEL ESTADO CARABOBO. (…omissis…)”.
En consecuencia, por todo lo antes narrado y por cuanto en la presente causa no existe nada que ejecutar, se ordena el cierre del expediente y por razón de espacio físico a partir de la presente fecha se ordena remitir a la Oficina de Archivo Judicial.
El Juez Superior,
Dr. PEDRO ENRIQUE VELASCO PRIETO
La Secretaria Temporal,
ABG. DAYANA A. PEREZ P.
Exp. Nro. 11.835
PEVP/DAPP/gu.