REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Vigésimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, dos (02) de diciembre de dos mil veintidós (2022)
212º y 162º

Nº DE EXPEDIENTE: AP21-L-2022-000417

PARTE ACTORA: NICK AUGUSTO JACOTTE MONTAÑO.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: VICENTE DE JESUS BOADAS
PARTE DEMANDADA: SUPER CABLE INTERNACIONAL ALK, S.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NO CONSTA.
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIAS DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES

Con vista a la diligencia de fecha primero (1°) de diciembre de 2018, consignada por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), de este Circuito Judicial del Trabajo, por el abogado en ejercicio, VICENTE DE JESUS BOADAS, inscrito en el IPSA bajo el No. 75.855, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, ciudadano: NICK AUGUSTO JACOTTR MONTAÑO titular de la cedula de identidad N°. 12.358.784, mediante el cual DESISTE del presente procedimiento de Cobro de Diferencias de prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales contra la entidad de trabajo SUPER CABLE INTERNACIONAL ALK S. A.
Este Juzgado Vigésimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, en consecuencia, se da por TERMINADO EL PROCESO. No hay condenatoria en costas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Y ORDENESE SU ARCHIVO DEL EXPEDIENTE, en esta misma fecha se publico y diarizó la presente decisión. ARCHIVESE.-
EL JUEZ
LA SECRETARIA
ABG. GABRIEL RINCONES

ABOG. KETTY LOPEZ