REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, Trece (13) de Diciembre del dos mil veintidós
212º y 163°
N° MANUAL-S-2022-4830
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por la ciudadana: DELIDA YOLANDA COLMENARES DE HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nro.: V-4.071.951, de este domicilio, asistida en este acto, por la Abogada en Ejercicio: ANA MARTINEZ, inscrita en el I.P.S.A, bajo el N°: 219.688, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante la propiedad de las bienhechurías ubicadas en la Calle 16 entre Carreras 2 y 3, N° 2-91, Pueblo Nuevo Parroquia Guerrera Ana Soto, Municipio Iribarren del Estado Lara, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO PROPIO, según consta en documento inscrito por ante el Registro Público Segundo Circuito del Municipio Iribarren del estado Lara, de fecha 19 de Agosto del 2009 bajo el N° 2009.2121 Asiento registral 1, Código catastral 363.11.2.7.1204, cuyas medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana: DELIDA YOLANDA COLMENARES DE HERNANDEZ anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.lara.scc.org.ve.
La Jueza,

Abg. Mariani Selena Linares Peraza.
La Secretaria Suplente,

Abg. María Isabel Godoy Viloria.
MSLP/Godoy/san.-