JUEZA PONENTE: SILVIA JULIA VICTORIA ESPINOZA SALAZAR
EXPEDIENTE N° 2019-518

En fecha 15 de octubre de 2019, se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de los Juzgados Nacionales Primero y Segundo Contencioso Administrativo de la Región Capital, escrito contentivo de demanda por abstención interpuesta, por el ciudadano WALTER JOSÉ TORRES POLO, titular de la cédula de identidad Nº V-17.557.928, en el carácter de progenitor del adolescente Joel Habrahan Torres Valencia, asistido por la abogada Jullis Mancera Camelo, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 95.871, contra el SERVICIO ADMINISTRATIVO DE IDENTIFICACIÓN, MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA (SAIME).

En fecha 16 de octubre de 2019, habiéndose efectuado el sorteo correspondiente resultó asignado este Juzgado Nacional Primero.

En fecha 24 de octubre de 2019 se dio cuenta al Juzgado. En esa misma fecha se designó al Juez Ponente, a quien se ordenó pasar el presente expediente, a los fines de dictar la decisión correspondiente.

En fecha 18 de diciembre de 2019, este Juzgado Nacional Primero dictó decisión mediante la cual declaró su competencia para conocer de la presente demanda, admitió la causa y ordenó la citación del ciudadano Director Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), a fin de que compareciera a informar sobre la abstención denunciada, asimismo, se ordenó la notificación del ciudadano Fiscal General de la República y al ciudadano Procurador General de la Republica para que consignara opinión sobre la causa.

En fecha 05 de febrero de 2020, se libraron las notificaciones ordenadas.

En fecha 26 de mayo de 2021, se reconstituyó este Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo y se libraron la notificaciones ordenadas.

En virtud de la incorporación a este Órgano Jurisdiccional del Juez EUGENIO JOSÉ HERRERA PALENCIA, y por cuanto en sesión (03) de junio de dos mil veintidós (2022), fue elegida la nueva Junta Directiva, quedando reconstituida de la siguiente manera: EUGENIO JOSÉ HERRERA PALENCIA, Juez Presidente (E); RAFAEL ANTONIO DELCE ZABALA, Juez Vicepresidente (E) y SILVIA JULIA VICTORIA ESPINOZA SALAZAR, Jueza; este Juzgado se abocó al conocimiento de la presente causa. Ahora bien, en esa misma fecha, se reasignó la ponencia a la Jueza SILVIA JULIA VICTORIA ESPINOZA SALAZAR, asimismo, se fijó la Audiencia Oral para el día martes 04 de octubre de 2022 a las doce del mediodía (12:00am), de conformidad con el artículo 70 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

En fecha 04 de octubre de 2022, tuvo lugar la audiencia oral, se indicó a las partes el contenido de la audiencia y se dejó constancia de la no comparecencia de la parte actora ni por sí ni por medio de apoderado judicial, asimismo, se dejó constancia de la comparecencia de la abogada María Virginia Revollo Blanco, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.49.813, actuando en su condición de representante de la Procuraduría General de la República, quien consignó escrito de consideraciones y escrito de exposición, finalmente, se dejó constancia de la comparecencia del abogado Ricardo Da Silva Escobar, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.48,458, en su condición de Fiscal Segundo Nacional del Ministerio Público con competencia ante este Juzgado Nacional Contencioso Administrativo de la Región Capital.

Realizada la revisión de las actas procesales, este Juzgado pasa a dictar sentencia, previas las siguientes consideraciones:

-I-
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR

Declarada como ha sido la competencia por este Órgano Jurisdiccional mediante decisión de fecha 05 de agosto de 2021, corresponde a este Juzgado Nacional Primero pronunciarse sobre la solicitud de desistimiento propuesta en la audiencia oral. A tal efecto, se observa lo siguiente:
Riela en el folio cuarenta y cuatro (44) del expediente judicial, acta de la audiencia de oral celebrada en fecha 04 de octubre de 2022, en la cual se hizo constar que “…Hecho el anuncio de Ley a las puertas del Despacho en la Sede de este Órgano Jurisdiccional, (…) se deja constancia de la incomparecencia del ciudadano WALTER JOSÉ TORRES POLO (sic) parte actora, ni por si ni por medio de representación judicial…”. (Negritas y subrayado de este Juzgado Nacional Primero).
Así las cosas, resulta necesario observar el contenido y alcance del artículo 70 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, el cual establece expresamente que:
“Artículo 70. Recibido el Informe o transcurrido el termino para su presentación, el tribunal dentro de los diez días de despacho siguiente, realizará la audiencia oral oyendo a las partes, a los notificados y demás interesados. Los asistentes a la audiencia podrán presentar sus pruebas.
Si el demandante no asistiere a la audiencia se entenderá desistida la demanda, salvo que otra persona de las convocadas manifieste su interés en la resolución del asunto”. (Negrillas de este Juzgado).


Esto así, se observa que el artículo 70 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, establece como consecuencia jurídica a la incomparecencia de la parte demandante a la audiencia de oral el desistimiento de la demanda. Siendo ello así, debe este Juzgado Nacional Primero señalar que dicha figura conlleva a la extinción de la relación procesal.

Bajo esta tesitura, advierte este Juzgado Nacional Primero, que configurándose el supuesto establecido en el artículo 70 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, resulta forzoso declarar DESISTIDA la demanda por abstención interpuesta por el ciudadano WALTER JOSÉ TORRES POLO, titular de la cédula de identidad Nº V-17.557.928, asistido por la abogada Jullis Maileth Mancera Camelo, contra el SERVICIO ADMINISTRATIVO DE IDENTIFICACIÓN, MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA (SAIME). Así se decide.
-II-
DECISIÓN

Por las razones antes expuestas, este Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: DESISTIDA la demanda por abstención interpuesta por el ciudadano WALTER JOSÉ TORRES POLO, titular de la cédula de identidad Nº V-17.557.928, asistido por la abogada Jullis Maileth Mancera Camelo, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 95.871, contra el Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME).
Publíquese, regístrese, archívese el expediente. Déjese copia de la presente decisión. Cúmplase lo ordenado.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Sesiones del Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo, en Caracas a los _________ ( ) días del mes de __________________de dos mil veintidós (2022). Años 212° de la Independencia y 163° de la Federación.
El Juez Presidente (E),

EUGENIO JOSÉ HERRERA PALENCIA
El Juez Vicepresidente (E),

RAFAEL A. DELCE ZABALA
La Jueza,

SILVIA JULIA VICTORIA ESPINOZA SALAZAR
Ponente


La Secretaria Accidental,
MALÚ DEL PINO
Exp. 2019-518
SJVES/05
En fecha______________________________ ( ) de __________________________ de dos mil veintidós (2022), siendo la(s) _________________ de la ___________________, se publicó y registró la anterior decisión bajo el N° ___________________.
La Secretaria Accidental.