REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dos de marzo de dos mil veintidós
211º y 163º

ASUNTO : KP02-S-2022-000457
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por la ciudadana: LIANA YELINETH OCANDO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N°. V- 11.885.066, asistida en este acto, por la abogada en Ejercicio: FANNY LUCIA, inscrita en el I.P.S.A, bajo el N° 245.386, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante la propiedad de las bienhechurías ubicadas, en la calle 15 entre carreras 3 y 4, comunidad prados de Occidente, Parroquia Ana Soto, Municipio Iribarren del Estado Lara, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, cuyas, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la solicitante ciudadana: LIANA YELINETH OCANDO, anteriormente identificado, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.lara.scc.org.ve.

La Juez,


Abg. Mariani Selena Linares Peraza. La Secretaria Suplente,


Abg. Maria Isabel Godoy Viloria

MSLP/GODOY/yo