REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.

Valencia, 10 de Mayo 2022
212º y 163º

Vistas las diligencias, la primera de fecha 07/02/2022, mediante la cual la alguacil de este Juzgado Agrario, consigno recibo de Boletas de citación, dirigidas a las ciudadanas: CARMEN LEON, JOHANA PEÑA Y EDDY CORTEZ, Venezolanas, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nº V-12.775.937, V-15.419.909 y V-12.104.364, respectivamente, las cuales no se hicieron efectivas, debido a que dichas personas no se encontraban en sus viviendas; y la última de fecha 06/05/2022 consignada por la defensora publica de la parte demandada, la abogada MONICA GONZALEZ TABORDA, en la cual, se solicita que se practique el emplazamiento por carteles a las ciudadanas: JOHANA PEÑA, titular de la cedula de identidad Nº -V 15.419.909, CARMEN LEON, titular de la cedula Nº-V-12.775.937, EDDY CORTEZ, titular de la cedula de identidad Nº-V-12.104.364. En consecuencia, este Tribunal ordena librar cartel de emplazamiento a los referidos ciudadanos. En tal sentido, se procederá a fijar un cartel en su morada, y otro en la cartelera de este Juzgado Agrario. Asimismo se ordena la publicación del cartel por la prensa, a costa de la interesada, en un (01) diario de mayor circulación regional, a cuyo efecto se indica el diario “LA CALLE”. Dicho cartel contendrá el nombre y apellido de las partes, el objeto de la pretensión, el término de la comparecencia, apercibiéndole que en caso de no acudir, su citación se entenderá con el funcionario al cual corresponda la defensa y todos los demás actos relacionados con el presente juicio, todo de conformidad con el artículo 202 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Líbrese cartel en la forma indicada.
El Juez,
ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ
El Secretario
ABG. CESAR PEÑA

Exp. JAP- 485-2021
JGRG/CP/ERM