REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

SOLICITUD Nº 1663


Por cuanto fui designada como Jueza Provisoria de este Tribunal, en sesión de fecha 15 de agosto de 2022, por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, conforme a oficio Nº CJ-22-1978, ME ABOCO AL CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA. Asimismo y vista las actuaciones anteriores de la solicitud de Justificativo de Perpetua Memoria (Titulo Supletorio), que reposa en los archivos de este Tribunal Agrario, se evidencia que desde el 24 de enero del 2022, la parte solicitante, no ha hecho ninguna actuación en la presente solicitud, notándose EL ABANDONO DE TRAMITE; En consecuencia, este Juzgado ordena su cierre y acuerda remitir la presente solicitud al Archivo Judicial del Estado Carabobo, de conformidad con lo previsto en el articulo 257 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela.
La Jueza

ABG. ADRINA ALEJANDRA HERNANDEZ



El Secretario,

ABG. CESAR PEÑA




SOLICITUD Nº 1663