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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 
 TRIBUNAL DECIMO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE
 MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE
 
 CARACAS.
 
 Caracas, 03 de octubre de 2022.-
 212° y 163°
 
 Vista la anterior solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS y UNIVERSALES
 HEREDEROS, las Justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, y de conformidad
 con lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal
 Declara ÚNICA y UNIVERSAL HEREDERA, a favor de la ciudadana ALBELIS
 CLARET GUTIERREZ ROJAS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de
 identidad Nº V- 29.533.827, causahabientes del De-Cujus ALBERTO LUIS GUTIERREZ
 ROQUE, quien en vida fue de nacionalidad venezolana y titular de la cédula de identidad
 Nº V- 8.438.261, fallecido en fecha 13 de agosto de 2021, en la Parroquia Caricuao,
 Municipio Libertador del Distrito Capital.
 Expídanse por secretaría copias certificadas de la presente solicitud y entréguese a
 la parte interesada de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del
 Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignados por los solicitantes los
 fotostatos correspondientes.
 Devuélvanse las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales
 consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
 LA JUEZ, PROVISORIA
 ABG. NINOSKA ROMERO M.
 LA SECRETARIA TEMPORAL
 ABG. FREILENTH PINTO
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