REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO NACIONAL SEGUNDO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DE LA REGIÓN CAPITAL

Caracas, (___) de (_____) de 2022
Años 212° y 163°
En fecha 1° de febrero de 2022, se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de los Juzgados Nacionales Primero y Segundo Contencioso Administrativo de la Región Capital, el Oficio N° 0028/2022 de fecha 26 de enero de 2022, emanado del Juzgado Superior Estadal Décimo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, mediante el cual remitió el expediente contentivo del Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por la ciudadana MARÍA HELENA SÁNCHEZ ACOSTA, titular de la cédula de identidad Nº 6.552.718, debidamente asistida por el abogado José Albero Navarro Márquez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 41.306, contra el Oficio Nº SNAT-DDS-ORH-2017-E-004194 de fecha 25 de septiembre de 2017, emanada del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), mediante la cual se resolvió su remoción y retiro del cargo “Profesional Administrativo”.
Dicha remisión se efectuó en virtud del auto dictado por el prenombrado Juzgado Superior Estadal en fecha 26 de enero de 2022, mediante el cual oyó en ambos efectos el recurso de apelación ejercido el 10 de diciembre de 2019, por la representación judicial de la parte querellada, contra la sentencia dictada por el referido Tribunal el 27 de noviembre de 2019, que declaró Con Lugar el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto.
En fecha 8 de febrero de 2022, se dio cuenta este Órgano Jurisdiccional de la presente causa; asimismo, se asignó la ponencia a la Jueza Danny Josefina Segura, a los fines de que este Juzgado dictara la decisión correspondiente.
En fecha 4 de octubre de 2022, se dejó constancia que en virtud del Acta N° 357, de fecha 16 de septiembre de 2022, en razón de la incorporación de la abogada MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA, y mediante sesión de esa misma fecha fue elegida la Junta Directiva de este Órgano Jurisdiccional, la cual quedó constituida de la siguiente manera: MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA, Jueza Presidente, BLANCA ELENA ANDOLFATTO, Jueza Vicepresidente y DANNY JOSEFINA SEGURA, Jueza. En esta misma fecha este Juzgado Nacional Segundo se abocó al conocimiento de la presente causa en el estado en que se encontraba.
Examinadas las actas que conforman el presente expediente, este Juzgado Nacional Segundo Contencioso Administrativo pasa a pronunciarse al respecto en los términos siguientes:
ÚNICO
El objeto de la presente causa lo constituye el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial ejercido en fecha 10 de diciembre de 2019, por el abogado José Albero Navarro Márquez, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana María Helena Sánchez Acosta, contra el Oficio Nº SNAT-DDS-ORH-2017-E-004194 de fecha 25 de septiembre de 2017, emanado del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), mediante el cual se notificó la remoción y retiro del cargo “Profesional Administrativo”.
Ahora bien, de la revisión de las actas que conforman el expediente judicial, se observa que hasta la fecha no consta en autos la consignación de los antecedentes administrativos relacionados con la causa; ello así, y siendo la oportunidad para resolver la presente querella funcionarial, resulta indispensable para este Juzgado Nacional Segundo destacar que del expediente administrativo pudiera verificarse el procedimiento instruido en vía administrativa, que aportarían a este Juzgado elementos de convicción, que la llevarían a resolver tanto los argumentos planteados por las partes en vía jurisdiccional.
En consecuencia, para que este Juzgado pueda emitir un pronunciamiento ajustado a derecho y en aras de garantizar la tutela judicial efectiva consagrada en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en virtud, de los principios de transparencia, responsabilidad, economía procesal e inmediatez para decidir, de conformidad con lo establecido en el artículo 39 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, el cual consagra que “En cualquier estado de la causa el Juez o Jueza podrá solicitar información o hacer evacuar de oficio las pruebas que considere pertinentes…”, este Juzgado Nacional Segundo Contencioso Administrativo de la Región Capital acuerda OFICIAR al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), para que dentro del lapso de los diez (10) días de despacho siguientes, contados a partir de que conste en autos su respectiva notificación remita el expediente administrativo; con el fin de que esta Alzada emita el debido pronunciamiento sobre la demanda interpuesta. Así se decide.
Así las cosas, la referida documentación deberá ser consignada dentro del lapso de diez (10) días de despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado la última de las notificaciones que aquí se ordenan; siendo así, se exhorta a la Administración Tributaria remitir los antecedentes administrativos relacionados con la presente causa, con la advertencia que de no remitirse la información requerida este Tribunal Colegiado decidirá con base a las pruebas cursantes en autos.
Ahora bien, en caso que alguna de las partes consigne la información solicitada, su contraparte podrá, de considerarlo pertinente, impugnar tal información suministrada dentro de los cinco (5) días de despacho siguientes a que conste en autos la prenombrada información; para lo cual, se abrirá al día siguiente de la impugnación, la articulación probatoria prevista en el artículo 40 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Asimismo, advierte a todas las partes que una vez vencido el lapso mencionado para la consignación de los documentos y la información solicitada, sin que esta se haya materializado, esta Alzada emitirá decisión conforme a los elementos constantes en autos. Así se establece.
Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.
La Jueza Presidenta,


MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA




La Jueza Vicepresidenta,


BLANCA ELENA ANDOLFATTO CORREA


La Jueza,


DANNY JOSEFINA SEGURA
Ponente

La Secretaria Accidental,

KARLA ANDREINA MONTILLA
Exp. N° 2022-023
DJS/28

En fecha ________________ ( ) de ___________________de dos mil veintidós (2022), siendo la (s) _____________ de la ________________, se publicó y registró la anterior decisión bajo el N° 2022-__________________.
La Secretaria Accidental.