REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO NORTE


JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
CON COMPETENCIA EN LOS ESTADOS COJEDES Y YARACUY.-
Valencia, 11 de octubre de 2022
Años: 212º y 163º

Exp. Nro. 11.086

Vista la diligencia presentada en fecha 19 de septiembre de 2022, por el abogado EDISON RODRIGUEZ LOVERA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 30.464, en su condición de apoderado judicial del ciudadano FRANKLIN SEGURA, titular de la cedula de identidad Nro. V.- 8.516.740, mediante la cual expuso:

“(omissis)...Solicito la notificación de la parte demandada y apelo a la sentencia emanada de este Tribunal de fecha 28 de octubre de 2021.”

Ahora bien, este Juzgado Superior en fecha 10 de noviembre de 2021 ordeno librar oficios de notificación de la sentencia de fecha 28 de octubre de 2021 en la cual se declaro SIN LUGAR el recurso Contencioso Administrativo Funcionarial incoado por el ciudadano FRANKLIN GEOVANI SEGURA MUÑOZ, titular de la cedula de identidad Nro. V.- 8.516.740, dirigidas al PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO CARABOBO y al PRESIDENTE EJECUTIVO DE LA JUNTA ADMINISTRADORA DE LA FUNDACION INSTITUTO CARABOBEÑO PARA LA SALUD (INSALUD).
En este sentido, en la revisión de las actas procesales se verifico que no consta en autos las resultas de las notificaciones antes mencionadas. Por lo que, siendo este Juzgado Superior un órgano jurisdiccional efectivo, ágil, rápido, orientado a proporcionar una correcta atención al justiciable, garantizando el derecho de acceso de información al ciudadano de manera oportuna y veraz sobre el estado de sus actuaciones y asimismo con la finalidad de dar cumplimiento a lo contemplado en el artículo 257 de nuestra Norma Suprema insta a la parte querellante a diligenciar la realización de las notificaciones correspondientes para así darle continuidad al proceso en la causa.

El Juez Superior,


DR. PEDRO ENRIQUE VELASCO PRIETO
El Secretario Temporal,


ABG. Gregory Y. Urbina R.


PEVP/GU /DG