REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintisiete de abril de dos mil Veintitrés
Años: 213° y 164°

ASUNTO: KP02-S-2023-000686
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por la ciudadana: ROCIO EVELYN ROJAS TORBELLO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N°. V-14.591.460, asistida en este acto, por la abogada RITMAR ELENA ROJAS TORBELLO, inscrita en el I.P.S.A, bajo el N° 212.959, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante la propiedad de las bienhechurías ubicadas, en la Comunidad Prados de Occidente, Calle 7 entre Carreras 1 y 2 , Casa N° 558, Avenida Florencio Jiménez Kilometro 7, Vía Quibor Parroquia Juan de Villegas ( Ana Soto), Municipio Iribarren del Estado Lara, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, cuyas, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la solicitante ciudadana ROCIO EVELYN ROJAS TORBELLO anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.lara.scc.org.ve.
La Jueza,

Abg. Mariani Selena Linares Peraza.
La Secretaria Suplente,

Abg. María Isabel Godoy Viloria
MSLP/ Mgodoy