REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, Veinticinco (25) de Abril del año dos mil veintitrés (2023)
213º y 164º

ASUNTO: KP02-S-2023-000504
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por la ciudadana: BETTY JOSEFINA GRATEROL GRATEROL, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N°V-15.217.607, asistida por el abogado REINALDO CASTILLO, inscrito en el I.P.S.A, bajo el N°199.827, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante la propiedad de las bienhechurías ubicadas en el Barrio los Naranjos, Parroquia Guerrera Ana Soto, Municipio Iribarren del Estado Lara, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, cuyas, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones y evacuadas las testimoniales de los ciudadanos DILIA MARGARITA LOPEZ SUAREZ y NUVIA MAGALY SIVIRA SUAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos.V-12.024.029 y V-13.034.167, respectivamente quienes fueron contestes en sus declaraciones, las cuales se aprecian y se les otorga valor probatorio. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la solicitante ciudadana: BETTY JOSEFINA GRATEROL GRATEROL, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.lara.scc.org.ve.
El Juez

Abg. Jhonny José Alvarado Hernández
El Secretario

Abg. Lewis Carrasco Rangel
Jalvarado/Lcr/Drv.-
ASIENTO LIBRO DIARIO:___