REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, cuatro (04) de Abril de dos mil veintitrés (2023)
212º y 163º
ASUNTO: KP02-S-2023-000470
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentado por el ciudadano: JOSE QUINTIN PEREZ MAMBEL, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.591.378, de este domicilio, asistido en este acto, por la Abogada en Ejercicio: LISSETH MEDINA, inscrita en el I.P.S.A, bajo el N°226.500, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor del solicitante la propiedad de las bienhechurías ubicadas, en la calle 9 entre carreras 8 y 9 N°8-80, barrio San Francisco, sector 3, Parroquia Ana Soto, Municipio Iribarren del Estado Lara, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO PROPIO, según consta en documento inscrito por Ante El Registro Inmobiliario del Segundo Circuito del Municipio Iribarren del estado Lara, registrado bajo el N°(2008-544), asiento registral (1) del inmueble matriculado con el N°363.11.2.7.340, correspondiente al folio real del 2008, Código catastral 1303052170266010, cuyas medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuacionesy evacuadas las testimoniales de los ciudadanos UNAI JOSE MENDOZA y ALEJANDRO JOSE RIVERO PARRA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-21.504.681 y V-14.978.386 respectivamente, quienes fueron contestes en sus declaraciones, las cuales se aprecian y se les otorga valor probatorio.En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano: JOSE QUINTIN PEREZ MAMBEL, anteriormente identificado, de conformidad con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://lara.tsj.gob.ve/
El Juez,
Abg.Jhonny José Alvarado Hernández El Secretario,
Abg. Lewis Carrasco Rangel
Jalvarado/Lcr/ec.-
Asiento de libro diario____