REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO NORTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON COMPETENCIA
EN LOS ESTADOS COJEDES Y YARACUY.-
Valencia, 26 de abril del 2023
Años: 213º y 164º
Exp. Nro. 10.070
En la condición de Juez Provisorio, designado por la Comisión Judicial en reunión de fecha 05 de noviembre del 2020 y con juramento ante el Presidente del Tribunal Supremo de Justicia el 18 de noviembre de 2020, el ciudadano PEDRO ENRIQUE VELASCO PRIETO, se aboca al conocimiento de la presente causa.
Vista la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 30 de octubre del 2008, mediante la cual declaró
“(…omissis…) INADMISIBLE el recurso de nulidad (materia funcionarial) interpuesto por el abogado GILBERTO RAMON OJEDA GUIRADOS, Inpreabogado Nº 62.038, con carácter de apoderado judicial del ciudadano EDGAR DIAMIN PARRA BLANCO, cedula de identidad Nro. V.- 12.931.243, contra la GOBERNACION DEL ESTADO CARABOBO (…omissis…)”
En consecuencia, por todo lo antes narrado y por cuanto en la presente causa no existe nada que ejecutar, se ordena el cierre del expediente, y una vez transcurrido el lapso de un (01) año contado a partir de la presente fecha remitir a la Oficina de Archivo Judicial.
El Juez Superior,


DR. PEDRO ENRIQUE VELASCO PRIETO
La Secretaria,

ABG. DAYANA ANDREINA PEREZ PAEZ
Exp. Nro. 10.070.
PEVP/DP/DG