LA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE




TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA


Guanare, 27 de Enero de 2023
Años: 212º y 163º


Tramitada como ha sido la presente SOLICITUD DEÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, propuesta por la ciudadana:FRANCY COROMOTO LOPEZ SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°15.349.194, asistidapor la Abogada en ejercicioMilexa Josefina Montes Sambrano,venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº153.028, de este domicilio, mediante el cual solicita se le declare a ella y a él ciudadano: JHONNATAN JOSE LOPEZ GOMEZ,venezolano, mayorde edad, titular de la cedula de identidad N°17.617.166,en su condición de hijos; como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante JOSE INOCENCIO LOPEZ DURAN, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 5.127.166, quien falleció (ab-intestato), el día Quince (15) de Agosto del año dos mil veinte (2.020) en la ciudad de Guanare del estado Portuguesa. Y cumplido como fueron los extremos de Ley, se le dio entrada, tramitándose el procedimiento conforme a derecho, es decir, se ordenó la publicación de un Edicto para la comparecencia de alguna persona interesada en este procedimiento, constando en autos que cumplidos al requisito no compareció persona alguna, por lo que fijó oportunidad para la declaración de los testigos que presentara la parte interesada.


Consta en autos Copias Certificadas de las Partidas de Nacimiento, emitida dela Oficina de Registro Municipal de Guanare del estado Portuguesa de los ciudadanos:FRANCY COROMOTO LOPEZ SANCHEZsignada con el N°2152,JHONNATAN JOSE LOPEZ GOMEZsignada con el N°1990.Copia Certificada del Acta de Defunción signada con el N° 729, folio 244, de fecha 09 de Octubre de 2020 emitida por la Comisión de Registro Civil y Electoral del Consejo Nacional Electoral del Municipio Guanare del estado Portuguesa, correspondiente al causante JOSE INOCENCIO LOPEZ DURAN.Copias de las Cedulas de identidad de los ciudadanos:JOSE INOCENCIO LOPEZ DURAN,FRANCY COROMOTO LOPEZ SANCHEZ y JHONNATAN JOSE LOPEZ GOMEZ.


En su oportunidad comparecieron por ante este Tribunal las ciudadanasKeily Yaneth Herrera MejiasyNoris Esperanza Quevedo De López, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 13.959.186y8.064.440,respectivamente, en ese mismo orden, testigos promovidos por la parte interesada, evidenciándose con su declaración los hechos invocados en la Solicitud.



Y Por cuanto no ha habido Oposición, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA estas diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos:FRANCY COROMOTO LOPEZ SANCHEZ y JHONNATAN JOSE LOPEZ GOMEZ,respectivamente, la cualidad de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Causante: JOSE INOCENCIO LOPEZ DURAN, vocación hereditaria que les viene conforme al Artículo anteriormente mencionado, en concordancia con el Artículo822 del Código Civil, quedando siempre a salvo los derechos de terceros. En cuanto a las copias certificadas solicitadas, se acuerdan en conformidad. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas.
El Juez Provisorio,


Abg. Jorge Eléazar Quintero Valderrama.
El Secretario,

Abg. Manuel Enrique Arabia Manzanilla.
Seguidamente se devuelven estas actuaciones originales con sus resultas.- Conste.-
Solicitud N° 4.965-22
MariaV..-