REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintidós (22) de febrero de 2023
212º y 163º
ASUNTO: KP02-S-2023-000106
SOLICITANTE: Ciudadano YORDANY ANTONIO FLORES ARANGUREN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 14.877.730.-
ABOGADO ASISTENTE DEL SOLICITANTE: MIGUEL ALEJANDRO PÉREZ GIL, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 269.476.-
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO.-
SENTENCIA: DECRETO.-
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por el ciudadano, Ciudadano YORDANY ANTONIO FLORES ARANGUREN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 14.877.730, debidamente asistido en este acto, por el Abogado en ejercicio MIGUEL ALEJANDRO PÉREZ GIL, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 269.476, y evacuados los testigos por ante este Juzgado, este Tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de el solicitante la propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificadas en la presente solicitud, las cuales construyo con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, ubicado en la comunidad La Hermandad, calle 3 entre transversal 1 y 2 casa Nº. 129, Parroquia Guerrera Ana Soto antigua Juan de Villegas, Barquisimeto, Municipio Iribarren del estado Lara, cuyas medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor del solicitante ciudadano, YORDANY ANTONIO FLORES ARANGUREN, anteriormente identificado, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.-
Publíquese, regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia, http://lara.tsj.gob.ve déjese copia de la presente decisión de conformidad con lo establecido en los artículos 248 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Tribunal Quinto De Municipio Ordinario y Ejecutor De Medidas Del Municipio Iribarren De La Circunscripción Judicial Del Estado Lara, en Barquisimeto a los veintidós (22) días del mes de febrero de 2023. Años 212° de la Independencia y 163° de la Federación.-
El Juez,
Magdiel José Torres.
La Secretaria,
Lucila Suarez Alvarado.
MJT/LSA/ MaríaA-
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