REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
BARQUISIMETO, VEINTITRES DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTITRÉS
212º Y 163º
ASUNTO: KP02-S-2022-001992
Visto el escrito de promoción de pruebas presentado por la Abogada ROSA VIRGINIA SIERRALTA VARGAS, cedula de identidad No. 16.001.705, en su carácter de apoderada judicial de la Sociedad Civil UNIVERSIDAD YACAMBU, este Tribunal conforme a lo establecido en el artículo 246 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, procede a su admisión de la siguiente manera:
DOCUMENTALES:
1) Marcado D, copia fotostática de documento público (venta realizada por el Instituto Agrario Nacional a la Sociedad Civil Universidad Yacambú).
2) Marcado E, copia fotostática de Acta de Sesión extraordinaria No. 20.98 de fecha 29 de octubre de 1998 y aclaratoria del mismo.
3) Marcado F, Copia fotostática de Carta de Registro Agrario No. 130601-RS-014-2018.
4) Marcado G, copia certificada de sentencia dictada por el Juzgado Superior Tercero Agrario de fecha 8 de diciembre del 2021.
5) Marcado H, resultas de inspección de fecha 29 de diciembre del 2021 realizadas por los técnicos de campo adscritos a la Oficina Regional de Tierras
6) Marcado I, resultas de inspección de fecha 07 de junio del 2022, realizadas por técnicos de campo adscritos a la Oficina Regional de Tierras
7) Marcado J, Proyecto Ventana Agro tecnológica.
8) Marcado L, Instrumento Poder Otorgado por el ciudadano Víctor Alejandro Silva Cisneros, al ciudadano Fernando José Chourio Ruiz
9) Marcado K, Actas que conforman el expediente Fiscal No. MP-10962-22
10) Oficio de notificación No. UTEC/Lara No. 2855 de fecha 26/01/2022
Este Tribunal, admite las documentales antes descritas dejando a salvo su apreciación en la definitiva. CON RELACIÓN A LA DOCUMENTAL SEÑALADA EN EL PARTICULAR SEXTO SE INADMITE, POR SER ILEGIBLE.
INFORMES:
Solicita se oficie a la Fiscalía Cuarta del Ministerio Publico, ubicada en la carrera 18 entre calles 23 y 24, Edificio Torre Cavendes, piso 3, oficina 3-3, y que en relación al asunto MP-10962-2022, informe este Tribunal sobre las siguientes particularidades:
1.- Si cursa por ante ese despacho fiscal, expediente signado bajo el No. MP-10962-2022, contentivo de investigación penal iniciada por denuncia realizada por la Sociedad Civil Universidad Yacambú en relación a la violación o perturbación pacifica de la propiedad, conforme a lo establecido en el artículo 472 del Código Penal.
2.- De ser cierto, indique a este Juzgado la fecha de inicio de la misma y el estatus actual
3.- Remita a este Juzgado copia certificada de las actuaciones realizadas en dicha investigación fiscal.
En consecuencia, conforme a lo establecido en el artículo 433 del Código de Procedimiento Civil, se admite y se acuerda oficiar de acuerdo a lo solicitado.
Visto igualmente el escrito de promoción de pruebas presentado por la Defensora Publica, MARIA GABRIELA ESPINOZA, en representación del ciudadano VICTOR ALEJANDRO SILVA CISNEROS, en la cual ratifica las pruebas promovidas en la Solicitud de Medida y asimismo promueve la testimonial de los ciudadanos:
DANIEL JESUS VALERA ALBARRAGAN, MELQUIADES GIL BRAVO, JOSE MANUEL CASTILLO QUERALES, EMILIA DEL CARMEN ESCALONA LUCENA, YENNIFER MARIA FIGUEROA ALMEIDA, cedulas de identidad Nos. 18.690.346, 7.982.964, 22.194.644, 18.690.693 y 27.250.462, todos domiciliados en el caserío El Peñuzco, Parroquia Agua Viva, Municipio Palavecino del Estado Lara, se admiten a sustanciación, y se fija oportunidad para la evacuación de dichas testimoniales el día LUNES 13 DE MARZO DEL 2023, a partir de las 9:30 de la mañana.
INSPECCION JUDICIAL:
Solicita inspección judicial conforme a lo establecido en los artículos 191 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario y 472 del Código de Procedimiento Civil, en el lote de terreno objeto de la medida, denominada Granja Gavic, ubicada en el sector Colinas de Santa Rosa, Parroquia Agua Viva, Municipio Palavecino del Estado Lara, con una superficie de 18 hectáreas con 7433 m2, haciéndose acompañar de un técnico del Instituto Nacional de Tierras (Oficina Regional de Tierras del Estado Lara), a los fines de dejar constancia de particulares señalados en su escrito de promoción. En tal virtud, este Tribunal admite la prueba de inspección judicial y fija oportunidad para llevar a cabo la misma, el día VIERNES 10 DE MARZO DEL 2022, A LAS 8:30 DE LA MAÑANA, para lo cual se acuerda oficiar al Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras y a la Oficina Regional de Tierras del Estado Lara, requiriendo la designación de un funcionario para acompañar al Tribunal.
INFORMES:
Solicita se oficie a la Oficina Regional de Tierras del Estado Lara, a los fines de que informe con relación a los siguientes particulares:
1.- Si existe algún instrumento a favor del ciudadano VICTOR ALEJANDRO SILVA CISNEROS, cedula de identidad No. 11.028.267
2.- En caso de ser afirmativo indique cual es el estatus actual y cuál es la superficie que posee y sus linderos.
3.- En caso de ser afirmativo, si es posible acompañar el plano
4.- Si existe algún instrumento a favor de la Sociedad Civil Universidad Yacambú
5.- En caso de ser afirmativo, indique cual es el estatus actual, cuanto es la superficie y sus linderos.
En consecuencia, conforme a lo establecido en el artículo 433 del Código de Procedimiento Civil, se acuerda oficiar al ente agrario, de acuerdo a lo solicitado.
La Juez,
Abg. Ninfa M. Hernández M.
La Secretaria,
Abg. Maria C. Gonzalez
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