REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la
Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, Doce (12) de Julio del dos mil veintitrés (2023)
Años 213° y 164°
ASUNTO: KP02-S-2023-001939
Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por los ciudadanos: WILIAM OSMAR REGALADO LARA, NELSON RAMON REGALADO LARA Y ALIDA MILAGROS REGALADO DE RODRIGUEZ venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad N° V-4.557.623, V-5.577.598 Y V-5.571.865 asistida en este acto, por el abogado: LUIS DAVILA, inscrito en el I.P.S.A 253.189, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante la propiedad de las bienhechurías ubicadas en el: Sector Rómulo Betancourt, avenida Orinoco, esquina de la calle 4, Parroquia El Cují, Municipio Iribarren del Estado Lara, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, cuyas, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de los solicitantes ciudadanos: WILIAM OSMAR REGALADO LARA, NELSON RAMON REGALADO LARA Y ALIDA MILAGROS REGALADO DE RODRIGUEZ, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.lara.scc.org.ve.
La Jueza,
Abg. Mariani Selena Linares Peraza.
La Secretaria Suplente,
Abg. María Isabel Godoy Viloria
MSLP/ Migv/San