REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto catorce (14) de julio del 2023
Año, 213º y 164º
ASUNTO: KP02-S-2023-002145
SOLICITANTE: ciudadano, MARCOS TULIO PEÑA OSORIO, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 4.702.695 en representación de la sociedad mercantil INVERSIONES TRANSPORTE PEÑA INTRANSPECA, C.A., R.IF. J311894560-
ABOGADA ASISTENTE: MARÍA LEANDRA CAMACHO VIELMA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 170.062.-
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO.-
SENTENCIA: DECRETO.-
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por el ciudadano, MARCOS TULIO PEÑA OSORIO, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 4.702.695 en representación de la sociedad mercantil INVERSIONES TRANSPORTE PEÑA INTRANSPECA, C.A., R.IF. J311894560, debidamente asistido en este acto, por la abogada en ejercicio MARÍA LEANDRA CAMACHO VIELMA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 170.062, y evacuados los testigos por ante este Juzgado, este Tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la sociedad mercantil INVERSIONES TRANSPORTE PEÑA INTRANSPECA, C.A., representada por el ciudadano MARCOS TULIO PEÑA OSORIO, la propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificadas en la presente solicitud, las cuales construyo a sus propias expensas y con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO ubicadas en el Barrio Jacinto Lara, calle 3 con carrera 2, kilómetro 11, Parroquia Guerrera Ana Soto, Barquisimeto, Municipio Iribarren del estado Lara, cuyas medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza estas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la sociedad mercantil INVERSIONES TRANSPORTE PEÑA INTRANSPECA, C.A., R.IF. J311894560, representada por el ciudadano MARCOS TULIO PEÑA OSORIO mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 4.702.695 anteriormente identificados, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el libro diario llevado en el Tribunal.-
Publíquese, regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia, http://lara.tsj.gob.ve déjese copia de la presente decisión de conformidad con lo establecido en los artículos 248 y 251 del Código de Procedimiento Civil.-
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en Barquisimeto a los catorce (14) días del mes de julio de 2023. Años 213° de la Independencia y 164° de la Federación.-
El Juez,
Magdiel José Torres.
La Secretaria,
Lucila Suarez Alvarado.
MJT/LSA/ MariaA.-
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