EXPEDIENTE N° AP42-G-2017-000071
En el marco del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos y amparo cautelar por el Abogado Jaime Daniel Martínez Mila inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 226.461, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil SCAT INVERSIONES, C.A., inscrita en el Registro Mercantil 7º de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado Miranda el 21 de septiembre de 2010, bajo el Nº 16, Tomo 103- A- Sgdo., contra el Acto Administrativo contenido en la Providencia Nº 0097 de fecha 5 de diciembre de 2016, emanada de la UNIDAD EN MATERIA DE ARRENDAMIENTO PARA USO COMERCIAL ADSCRITA AL VICEMINISTERIO DE GESTIÓN COMERCIAL DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL COMERCIO; este Juzgado de Sustanciación pasa a realizar las siguientes consideraciones:
De la revisión exhaustiva de las actas procesales que conforman el presente expediente este Juzgado pudo observar que desde el 21 de junio de 2017 (vid. vuelto del folio 144) no existe ninguna actuación de la parte recurrente a los fines de darle el impulso correspondiente a la causa, por lo que, este Juzgado de Sustanciación advierte una paralización que excede un (1) año, por lo que pudiera haber operado la PERENCIÓN de la causa. Así se estima.
En consecuencia, se ORDENA remitir el expediente al Juzgado Nacional Primero de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, a los fines de la decisión correspondiente.
Dada, firmada y sellada, en la Sala del Despacho del Juzgado de Sustanciación del Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo de la Región Capital, a los diecinueve (19) días del mes de julio de dos mil veintitrés (2023). Año 213° de la Independencia y 164° de la Federación.
JUEZ DE SUSTANCIACIÓN,
JAVIER ALEJANDRO CÁCERES CÁCERES
LA SECRETARIA,
MARÍA NATIVIDAD MARTÍNEZ TOMÁS
Exp. Nº AP42-G-2017-000071
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