REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO NORTE





REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON COMPETENCIA
EN LOS ESTADOS COJEDES Y YARACUY.-
Valencia, doce (12) de junio de 2023
Años: 213º y 164º
Exp. Nro. 15.196

En la condición de Juez Provisorio, designado por la Comisión Judicial en reunión de fecha 05 de noviembre del 2020 y con juramento ante el Presidente del Tribunal Supremo de Justicia el 18 de noviembre de 2020, el ciudadano PEDRO ENRIQUE VELASCO PRIETO, se aboca al conocimiento de la presente causa.

Ahora bien vista la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 16 de marzo de 2017, mediante la cual declaró:

“(…omissis…) Terminado el Procedimiento por Abandono de Tramite, correspondiente a la acción de amparo constitucional interpuesto por los ciudadanos DELICIA MARIA MUÑOZ DE GUTIERREZ, titular de la cedula de identidad Nro. V-7.500.580, BLASA JOSEFINA PALACIOS, titular de la cedula de identidad Nro. V-7.504.724, ORIOL RAFAEL MARTINEZ BADILLA, titular de la cedula de identidad Nro. V- 7.505.805, ADRIAN JOSE ORELLANA ESCUDERO, titular de la cedula de identidad Nro. V-AMANDA ISABEL SANDOVAL, titular de la cedula de identidad Nro. V-7.916.383, MARIELA RAQUEL ESCORCHA MUÑOZ, titular de la cedula de identidad Nro. V-8.513.071, ADDA ENITH RODRIGUEZ CORDERO, titular de la cedula de identidad Nro. V-9.554.018, CARMEN ROSA GAMEZ OROPEZA, titular de la cedula de identidad Nro. V-12.284.348, RENE GUILLERMO GUERRERO YEPEZ, titular de la cedula de identidad Nro. V-16.950.300, todos de este domicilio y debidamente afiliados como socios formales de la Asociación Civil Organización Comunitaria Integral de Vivienda siglas OCV el prado, asistidos por los abogados Gloria Sofia Fuenmayor Inscrito en el Instituto de Prevision Social del Abogado bajo el N° 85.181 y Carlos José Marín Santeliz, inscrito en el Instituto de Prevision Social del Abogado bajo el N° 126.885 contra la DIRECCION MINISTERIAL DE VIVIENDA Y HABITAT DEL ESTADO YARACUY. (…omissis…)”

En consecuencia, por todo lo antes narrado, y por cuanto en la presente causa no existe nada que ejecutar, se ordena el cierre del expediente, y una vez transcurrido el lapso de un (01) año contado a partir de la presente fecha remitir a la Oficina de Archivo Judicial.
El Juez Superior,


DR. PEDRO ENRIQUE VELASCO PRIETO
La Secretaria,


ABG. DAYANA A. PEREZ P.


PEVP/DP/ar