REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO NORTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON COMPETENCIA
EN LOS ESTADOS COJEDES Y YARACUY.-
Valencia, 07 de junio de 2023
Años: 213º y 164º
Exp. Nro. 15.684
En la condición de Juez Provisorio, designado por la Comisión Judicial en reunión de fecha 05 de noviembre del 2020 y con juramento ante el Presidente del Tribunal Supremo de Justicia el 18 de noviembre de 2020, el ciudadano PEDRO ENRIQUE VELASCO PRIETO, se aboca al conocimiento de la presente causa.
Ahora bien vista la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 12 de marzo de 2015, mediante la cual declaró:
“(…omissis…) INADMISIBLE, la querella funcionarial interpuesto por la abogada SORELY VANESSA PADRON RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad V-18.321.917, inscrita en el Instituto de Prevision Social del Abogado bajo el Nro. 134.431, Actuando en propio nombre y representación, contra el MUNICIPIO AUTONOMO LIMA BLANCO DEL ESTADO COJEDES. (…omissis…)”
En consecuencia, por todo lo antes narrado, y por cuanto en la presente causa no existe nada que ejecutar, se ordena el cierre del expediente, y una vez transcurrido el lapso de un (01) año contado a partir de la presente fecha remitir a la Oficina de Archivo Judicial.
El Juez Superior,
DR. PEDRO ENRIQUE VELASCO PRIETO
La Secretaria,
ABG. DAYANA A. PEREZ P.
PEVP/DP/ar