REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintinueve (29) de marzo de dos mil veintitrés (2023)
212º y 164º
ASUNTO: KP02-S-2023-000945
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por el ciudadano: ELIO JESUS SANCHEZ PIÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 11.430.290, de este domicilio, debidamente asistido por el Abogado DAVID VILLALONGA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 114.836, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficiente las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor del solicitante la propiedad de la bienhechuría ubicada en la carrera 5 entre calles 57 y 58, barrio Brisas del Aeropuerto, casa sin número, Parroquia Concepción, Municipio Iribarren del Estado Lara, la cual construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, cuyas medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones y evacuadas las testimoniales de los ciudadanos: NASIR NAYI TAYEH TAYEH y WILLIAMS EDUARDO VEGAS YEPEZ, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 11.597.923 y V-14.404.145, respectivamente, quienes fueron contestes en sus declaraciones, las cuales se aprecian y se les otorga valor probatorio. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor del solicitante ciudadano: ELIO JESUS SANCHEZ PIÑA, anteriormente identificado, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.lara.tsj.gob.ve.
El Juez
Abg. Jhonny José Alvarado Hernández
El Secretario
Abg. Lewis Carrasco Rangel
JAlvarado/LCR/acp
Asiento libro diario: _____
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintinueve (29) de marzo de dos mil veintitrés (2023)
212º y 164º
ASUNTO: KP02-S-2023-000945
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por el ciudadano: ELIO JESUS SANCHEZ PIÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 11.430.290, de este domicilio, debidamente asistido por el Abogado DAVID VILLALONGA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 114.836, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficiente las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor del solicitante la propiedad de la bienhechuría ubicada en la carrera 5 entre calles 57 y 58, barrio Brisas del Aeropuerto, casa sin número, Parroquia Concepción, Municipio Iribarren del Estado Lara, la cual construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, cuyas medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones y evacuadas las testimoniales de los ciudadanos: NASIR NAYI TAYEH TAYEH y WILLIAMS EDUARDO VEGAS YEPEZ, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 11.597.923 y V-14.404.145, respectivamente, quienes fueron contestes en sus declaraciones, las cuales se aprecian y se les otorga valor probatorio. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor del solicitante ciudadano: ELIO JESUS SANCHEZ PIÑA, anteriormente identificado, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.lara.tsj.gob.ve.
Asiento libro diario: _____
EL JUEZ,
(FDO)
Abg. JHONNY JOSE ALVARADO HERNANDEZ
EL SECRETARIO
(FDO)
Abg. LEWIS CARRASCO RANGEL
El suscrito Secretario Titular del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Abg. LEWIS CARRASCO RANGEL, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-26.846.570, de conformidad con el artículo 248, del código de procedimiento civil certifica la presente decisión. Dictada en la fecha ut supra.
EL SECRETARIO
Abg. LEWIS CARRASCO RANGEL
JAlvarado/LCR/acp
Asiento libro diario: _____