REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO NORTE
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
CON COMPETENCIA EN LOS ESTADOS COJEDES Y YARACUY.-
Valencia, 21 de marzo de 2023
Años: 212º y 164º
Exp. Nro. 16.850
Vista la apelación interpuesta en fecha 13 de marzo de 2023, por el ciudadano YENSO JOSE JAVIER PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 24.548.450, debidamente asistido por el abogado JUAN FRANCISCO NUÑEZ FLORES, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 95.709, contra la sentencia dictada por este Tribunal Superior en fecha 08 de marzo de 2023, la cual declaro:
“(…omissis…) Por todas las razones expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo con Competencia en los Estados Cojedes y Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano YENSO JOSE JAVIER PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V.- 24.548.450, asistido en este acto por el abogado JUAN FRANCISCO NUÑEZ FLORES, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 95.709, contra la supuesta negativa del Director del Cuerpo de Policía del Municipio Libertador del estado Carabobo, al no darle cumplimiento al Acto de decisión Nº CDEC-163/2022, de fecha ocho (08) de diciembre de 2022, mediante el cual se declaro por mayoría de votos la improcedencia de la solicitud de destitución realizada por la Inspectoría de Control de Actuaciones Policiales. (…omissis…)”
En consecuencia, se oye en ambos efectos dicho recurso y se ordena remitir el expediente a la Unidad de Recepción de Documentos de los Juzgados Nacionales Contencioso Administrativo de la Región Capital, a los fines de ley.
El Juez Superior,
DR. PEDRO ENRIQUE VELASCO PRIETO
La Secretaria,
ABG. Dayana A. Pérez P.
Exp. Nº 16.850. Se remite constante de una (01) pieza principal de veinte (20) folios útiles, según oficio Nº. 0008
La Secretaria,
ABG. Dayana A. Pérez P.
PEVP/DP/DG