REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO NORTE




REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON COMPETENCIA
EN LOS ESTADOS COJEDES Y YARACUY.-
Valencia, 09 de mayo de 2023
Años: 213º y 164º

Exp. N° 15.514
En la condición de Juez Provisorio, designado por la Comisión Judicial en reunión de fecha 05 de noviembre del 2020 y con juramento ante el Presidente del Tribunal Supremo de Justicia el 18 de noviembre de 2020, el ciudadano PEDRO ENRIQUE VELASCO PRIETO, se aboca al conocimiento de la presente causa.
Vista la sentencia dictada en fecha 24 de octubre de 2014 dictada por este Juzgado Superior, mediante la cual declaró:

“(…omissis…) INADMISIBLE, in limine litis La Querella Funcionarial por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Beneficios Laborales, interpuesta por el abogado JOSÉ ALAIN MONTAÑA NARVAEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 146.764 en su carácter de apoderado Judicial de los ciudadanos FREDDY JOSE ARCHILA CASTILLO, RONAL JAVIER CAMPO GONZALEZ, XAVIER EDUARDO CASTILLO ABREU, ALBERTO RAFAEL DELZINE, CARLOS JOSÉ ESQUEDA OSTA, FRONNY DANIEL GONZALEZ DELGADO, CARLOS LUIS HERNANDEZ RIVAS, PEDRO PABLO LINARES IZQUIEL, ARISTIDES OSWALDO MELENDEZ RODRIGUEZ, JOSÉ ALEJANDRO RIVAS GARCIA, JOSÉ LUIS SEIJAS, JUAN RAMÓN GUERRA GUERRA Y JOSÉ EFRAIN CARMONA, titulares de las cedulas de identidad Nros. V.- 12.770.052, V.- 16.158.867, V.- 18.849.134, V.- 10.329.208, V.- 15.630.914, V.- 15.627.366, V.- 13.970.123, V.- 12.769.157, V.- 14.900.538, V.-14.613.803, V.- 15.018.919, V.-9.445.174 y V.- 8.666.779 contra el INSTITUTO AUTONOMO CUERPO DE POLICIA DEL ESTADO COJEDES (…omissis…)”


En consecuencia, por todo lo antes narrado y por cuanto en la presente causa no existe nada que ejecutar, se ordena el cierre del expediente, y una vez transcurrido el lapso de un (01) año contado a partir de la presente fecha remitir a la Oficina de Archivo Judicial.
El Juez Superior,


DR. PEDRO ENRIQUE VELASCO PRIETO
La Secretaria,


ABG. DAYANA A PEREZ PÁEZ
Exp. Nro. 15.514
PEVP/DAPP/lb