REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO NORTE

3.2


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON COMPETENCIA EN LOS ESTADOS COJEDES Y YARACUY.-
Valencia, 20 de Noviembre de 2023.
Años: 213º y 164º
Expediente Nº 13.260
Vista la diligencia de fecha Veintiséis (26) de octubre de 2023, suscrita por el Abogado JORDAN ESCORCHA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nro. 156.152, respectivamente, actuando en su carácter de representante legal de la parte querellante, en la cual expuso: “(…omissis…) solicito sean actualizada las boletas del notificación del abocamiento (…omissis…)”
De la revisión de las actas procesales que conforman la presente causa, en aras de garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva, economía procesal y el correcto desenvolvimiento del proceso, principios consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y demás leyes que conforman nuestro ordenamiento jurídico éste Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con competencia en los Estados Cojedes y Yaracuy, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ACUERDA DE CONFORMIDAD CON EL PEDIMENTO. En consecuencia, se ordena dejar sin efecto las boletas de notificación del abocamiento de fecha tres (03) de diciembre de 2020, dirigidas al GOBERNADOR DEL ESTADO YARACUY, REPRESENTANTE LEGAL DE LA JUNTA LIQUIDADORA DEL INSTITUTO AUTONOMO DE POLICIA DEL ESTADO YARACUY, AL CIUDADANO FRANKLIN HILDEMARO ESCORCHA y AL PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO YARACUY y se ordena librar nueva boleta de notificación del abocamiento dirigida al ciudadano PROCURADOR DEL ESTADO YARACUY así como las boletas de notificación dirigidas a los ciudadanos GOBERNADOR DEL ESTADO YARACUY, REPRESENTANTE LEGAL DE LA JUNTA LIQUIDADORA DEL INSTITUTO AUTONOMO DE POLICIA DEL ESTADO YARACUY, AL CIUDADANO FRANKLIN HILDEMARO ESCORCHA.- Así se decide.
El Juez Superior,
DR. PEDRO ENRIQUE VELASCO PRIETO
La Secretaria Accidental,
Abg. LIBNY PAOLA BALLESTEROS PARRA

Exp. No 13.260 En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se libraron las boletas de notificación del abocamiento correspondientes bajo el oficio Nro. 0682.
La Secretaria Accidental,


Abg. LIBNY PAOLA BALLESTEROS PARRA





PEVP/LPBP/IC