REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO NORTE


JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
CON COMPETENCIA EN LOS ESTADOS COJEDES Y YARACUY.-
Valencia, 21 de Noviembre de 2023
Años: 213º y 164º
Exp. Nro. 12.967
Vista la apelación interpuesta en fecha veintiséis (26) de junio de 2018, por la ciudadana MARIANNY NIEVES, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 54.749, actuando en su condición de representante del ESTADO CARABOBO contra la sentencia dictada por este Tribunal Superior en fecha treinta y uno (31) de marzo de 2016, la cual declaro:
“(…omissis…) 1. CON LUGAR el recurso Contencioso Administrativo Funcionarial de Nulidad, incoado por el ciudadano MALPICA ORTEGA NILO MARIANO RAMÓN, titular de la cédula de identidad Nº V-5.749.378, asistido por el abogado Rafael Ángel Zérega Méndez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 54.797, contra la Resolución Nº 0071 dictada por el Ciudadano Gobernador del Estado Carabobo en fecha 29 de julio de 2009.
2. Se declara la NULIDAD ABSOLUTA de la Resolución Nº 0071 dictada por el Ciudadano Gobernador del Estado Carabobo en fecha 29 de julio de 2009; en consecuencia,
3. Se ORDENA la reincorporación del ciudadano MALPICA ORTEGA NILO MARIANO RAMÓN, titular de la cédula de identidad Nº V-5.749.378, al cargo de Distinguido (PC), adscrito a la Comandancia General de la Policía del Estado Carabobo, con el correspondiente pago de los sueldos dejados de percibir que no constituyan prestación efectiva del servicio, desde su ilegal retiro hasta la ejecución del presente fallo, una vez sea declarado definitivamente firme; los cuales serán calculados mediante una experticia complementaria del fallo de conformidad con el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil (…omissis…)”
En consecuencia, se oye en ambos efectos dicho recurso y se ordena remitir el expediente a la Unidad de Recepción de Documentos de los Juzgados Nacionales Contencioso Administrativo de la Región Capital, a los fines de ley.
El Juez Superior,


DR. PEDRO ENRIQUE VELASCO PRIETO
La Secretaria Accidental,


ABG. Libny Ballesteros.
Exp. Nº 12.967. Se remite el expediente constante de una (01) pieza principal de trescientos sesenta y seis (366) folios útiles según oficio Nro. 0038.
La Secretaria Accidental,


ABG. Libny Ballesteros.
PEVP/LB/DG