Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora, y Caracciolo Parra Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida. El Vigía, veintiséis (26) de octubre del año 2023.
213º y 164º
DEMANDANTE(S): ABG. ANDREINA MAYTEE CARRERO CARRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.-12.396.103, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 175.423, domiciliada en el Municipio Alberto Adriani del estado Bolivariano de Mérida, apoderada judicial de la ciudadana LEIDY RIOBO DE RONDON, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de Cedula de Identidad N° V.- 10.240.141, domiciliada en Santiago de Chile, e-mail leidyriobo@hotmail.com; según consta en Poder otorgado por ante la Notaria Publica N° 28 de Santiago de Chile de fecha 05 de julio de 2023, debidamente Apostillado en fecha 01 de julio de 2023, N° EAC4193805, y civilmente hábiles.
DEMANDADO(S): MIGUEL ANGEL RONDON SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 10.105.198, domiciliado en la Av. Bolívar con Av 20, en la ciudad de el Vigía Municipio Alberto Adriani del estado Bolivariano de Mérida, y civilmente hábil.
MOTIVO: DIVORCIO.


PARTE NARRATIVA

Visto el escrito que encabeza las presentes actuaciones, por la ABG. ANDREINA MAYTEE CARRERO CARRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.-12.396.103, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 175.423, domiciliada en el Municipio Alberto Adriani del estado Bolivariano de Mérida, apoderada judicial de la ciudadana LEIDY RIOBO DE RONDON, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de Cedula de Identidad N° V.- 10.240.141, domiciliada en Santiago de Chile, e-mail leidyriobo@hotmail.com; según consta en Poder otorgado por ante la Notaria Publica N° 28 de Santiago de Chile de fecha 05 de julio de 2023, debidamente Apostillado en fecha 01 de julio de 2023, N° EAC4193805, y civilmente hábiles, solicita el DIVORCIO, de conformidad con la Sentencia N° 1070, con carácter vinculante, de fecha 09 de diciembre de 2016, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.

En fecha once (11) de agosto de 2023, el Tribunal recibe previa distribución el escrito de solicitud de Divorcio suscrito por la ABG. ANDREINA MAYTEE CARRERO CARRERO, apoderada judicial de la ciudadana LEIDY RIOBO DE RONDON, antes identificadas.
En fecha diecinueve (19) de septiembre de 2023, fue admitida la presente solicitud, por ser este Tribunal competente por el territorio y la materia, y en virtud de que la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres ni a disposición legal expresa, se ordenó la citación del ciudadano MIGUEL ANGEL RONDON SANCHEZ y se libró boleta de notificación a la FISCALIA DEL MINISTERIO PUBLICO CON COMPETENCIA EN PROTECCION AL NIÑO, AL ADOLESCENTE Y LA FAMILIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA.
En fecha veintinueve (29) de septiembre de 2023, la Alguacil del Tribunal dejo constancia que recibió los emolumentos para la boleta de citación y notificación.
En fecha tres (03) de octubre de 2023, la Alguacil devolvió boleta de citación debidamente firmada por el ciudadano MIGUEL ANGEL RONDON SANCHEZ y se agrego a la solicitud.
En fecha nueve (09) de octubre de 2023, se hizo presente el ciudadano MIGUEL ANGEL RONDON SANCHEZ, ratifico en todas y cada una de sus partes el escrito de solicitud de Divorcio.
En fecha nueve (09) de octubre de 2023, la Alguacil del Tribunal devolvió boleta debidamente firmada por la Fiscal para la Protección al Niños, Niñas y Adolescente Civil e Instituciones Familiares del Ministerio Público del Estado Bolivariano de Mérida y se agrego a la solicitud.
En fecha veintiséis (26) de octubre de 2023, se recibió escrito de opinión favorable de la Fiscal para la Protección al Niños, Niñas y Adolescente Civil e Instituciones Familiares del Ministerio Público del Estado Bolivariano de Mérida sede El Vigía.
A efectos de decidir el Tribunal observa:
PARTE MOTIVA
Consta en autos: PRIMERO: original del acta de matrimonio de los ciudadanos LEIDY RIOBO DE RONDON y MIGUEL ANGEL RONDON SANCHEZ, ambos plenamente identificados en autos, celebrado por ante el Registro Civil del Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida, de fecha siete (07)
diciembre de 2012, según acta N°180. SEGUNDO: Copias fotostáticas de las Cédulas de Identidad de los cónyuges. TERCERO: En la presente solicitud la ciudadana LEIDY RIOBO DE RONDON, manifiesta haber permanecido separada, ocurriendo el desamor o el desafecto, de conformidad con la Sentencia N°1070, con carácter vinculante, de fecha 09 de diciembre de 2016, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, durante la unión conyugal procrearon tres (03) hijos, hoy en día mayores de edad y no adquirimos bienes de fortuna. CUARTO: No habiendo hecho objeción alguna a la misma la Fiscalía del Ministerio Público del estado Bolivariano de Mérida, y establecido como ha quedado que es voluntad de los cónyuges el separarse, este Tribunal pasa a dictar sentencia en la presente causa.
PARTE DISPOSITIVA
En consecuencia, por las consideraciones anteriormente hechas este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA CON SEDE EL VIGIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara: CON LUGAR la solicitud formulada de conformidad con la Sentencia N° 1070, con carácter vinculante, de fecha 09 de diciembre de 2016, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos LEIDY RIOBO DE RONDON, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 10.240.141 y MIGUEL ANGEL RONDON SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 10.105.198, respectivamente.
PUBLIQUESE, COPIESE Y REGISTRESE.
DADO, FIRMADO Y SELLADO EN LASALA DE DESPACHO DEL TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, en El Vigía a los veintiséis (26) días del mes de octubre 2023.-

Abg. JOSE VALDEMAR MOLINA MANURE
JUEZ


Abg. MARIA ALEJANDRA PEREZ ANGULO
SECRETARIA TITULAR


En la misma fecha se publicó la anterior sentencia previo el pregón de ley, siendo las diez de la mañana.

Abg. MARIA ALEJANDRA PEREZ ANGULO
SECRETARIA TITULAR