REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Lara- Carora
Carora, cuatro de octubre de dos mil veintitrés
213º y 164º

ASUNTO : KH11-X-2023-000005
DE LAS PARTES Y SUS APODERADOS

PARTE DEMANDANTE: JOSE RAMON BORGES YEPEZ, titular de la cedula de identidad N° V- 7.454.170,

APODERADO JUDICIAL abogados RICHARD PASTOR RODRIGUEZ y CESAR AUGUSTO GUERRERO, inscritos en el I.P.S.A bajo el N° 90.324 y 119.695 respectivamente

PARTE DEMANDADA: la Sucesión HONORIO JESUS TORREALBA FRANCO, en la persona de la ciudadana AURA ROSA FRANCO RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad N° V- 2.382.295

MOTIVO: ESTIMACIONY INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES

TIPO DE SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (OPOSICION A LAS MEDIDAS CAUTELARES)

RECORRIDO PROCESAL CAUTELAR

El presente cuaderno de medidas se abre (10-03-2023) en el asunto signado con el Nº Asunto principal: KP12-V-2022-000148 causa principal, juicio de ESTIMACION Y INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES presentada por el ciudadano JOSE RAMON BORGES YEPEZ contra la sucesión Honorio JESUS TORREALBA FRANCO en la persona de AURA ROSA FRANCO RODRIGUEZ todos ya identificados en autos respectivamente motivo ESTIMACION y INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES contra LA SUCESIÓN HONORIO JESUS TORREALBA FRANCO, en la persona de la ciudadana AURA ROSA FRANCO RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad N° V- 2.382.295 domiciliada en Urb Francisco de Miranda, entre calle Coromoto y Lisboa, Av Carlos Santeliz (Av el estadio), quinta el gran chaparral punto de referencia frente al estadio ciudad de Carora -Estado Lara. En fecha (13-04-2023) se decretan medidas JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA con sede Carora, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PROCEDENTE LAS MEDIDAS PREVENTIVAS CAUTELAR DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR, Y EMBARGO PREVENTIVO a que se refiere el presente cuaderno de medidas.
En consecuencia, a los efectos de garantizar las resultas del juicio, se DECRETA:
PRIMERO : PROCEDENTE LA MEDIDA PREVENTIVA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR: sobre un inmueble constituido por un (1) Lote de terreno y las bienhechurías sobre el construidas , ubicadas en la avenida 13, entre calles 10 y 11 , Sector San Rafael , de Quibor , parroquia Juan Bautista Rodríguez , Municipio Jiménez del Estado Lara . La parcela de terreno tiene un área aproximado de DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO METROS CON SESENTA Y CINCO CENTÍMETROS CUADRADOS (294,65M2) alinderada así NORTE: En línea de 4,90 mts y en línea de 8,40 mts ambas con ocupación de Manuel Barrueta , SUR: En línea de 10,15 mts con Avenida 13 que es su frente ,ESTE: En línea de 26,75 mts con ocupación de Simodesea Flores , Y OESTE : En línea de 21,40 mts con ocupaciones de Nidia Colina y en línea de 5,35 mts , Las bienhechurías consisten en un local comercial de dos (2) en la planta baja : sala de espera, salón comercial , oficina , cocina , aéreas de servicio, planta alta (12) Doce Consultorios , dos baterías de baños y área de estar , construido por paredes de bloque y cemento , techo de platabanda , pisos de granito con puertas Santa María , ubicado en la av. 13 entre calles 10 y 11 , Sector San Rafael , de Quibor , parroquia Juan Bautista Rodríguez , Municipio Jiménez del Estado Lara y un área de construcción de QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON TREINTA DECIMETROS CUADRADOS (589,30 M2) , Dicho inmueble aparece titulado así: El terreno a nombre de JOSÉ RAMÓN BORGES YEPEZ y HONORIO TORREALBA FRANCO, venezolano , mayores de edad, C.IV -7.454,.170 y V-5.322.819 respectivamente , según consta de documento inscrito en la Oficina de Registro Inmobiliario del Municipio Jiménez y Andrés Eloy Blanco , en fecha 20 de Noviembre del 2018 , anotado bajo el N° 2018.356, asiento registral 1 del inmueble matriculado con el numero 357.11.3.1.2444 ,correspondiente al libro de folio real del año 2018 y las bienhechurías tituladas a nombre de JOSÉ RAMÓN BORGES YEPEZ y HONORIO TORREALBA FRANCO, Según titulo Supletorio evacuado ante El tribunal Tercero Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Jiménez y Andrés Eloy Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Lara según solicitud N°2021-1907 , de fecha 14-10-2021 , el cual posteriormente inserto ante la oficina de registro inmobiliario del Municipio Jiménez y Andrés Eloy Blanco , en fecha 27 de Octubre del 2021 , anotado bajo el N° 2018.356, Asiento Registral 2, del inmueble matriculado con el N° 357.11.3.1.2444, correspondiente al libro del Folio Real Del Año 2.018.
SE ORDENA notificar por oficio a la Oficina Subalterna de Registro INMOBILIARIO del municipio Jiménez y Andrés Eloy Blanco del Estado Lara , para que estampe las notas marginales correspondientes y dé respuesta de su cumplimiento, remitiéndole a tales efectos copia certificada de la presente decisión.

SEGUNDO: PROCEDENTE MEDIDA PREVENTIVA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR: : sobre un inmueble constituido por un (1) Lote de terreno propio y las bienhechurías sobre el edificadas , ubicadas en el barrio el Brasil , con callejón cumana de la ciudad de Carora , Municipio Torres, del Estado Lara la cual posee una EXTENSION DE Terreno de trescientos treinta y cuatro metros cuadrados centímetros cuadrados (334,00 M2), de terreno propio y las bienhechurías sobre el edificadas tienen un área de construcción de ciento trece metros cuadrados con noventa y siete centímetros cuadrados (113,97M2) consistentes en una (1) casa la cual pese las siguientes características : paredes de bloque de concreto, techo de acerolit, piso de tierra , constante de una (1) sala ,una (1) cocina , dos (2) baños y tres (3) habitaciones tal cual se evidencia en planilla de levantamiento inmobiliario emanada de la Oficina De Dirección De Catastro Adscrita A La Alcaldía Bolivariana Del Municipio Torres , en fecha 30 de mayo del 2008, cuyos linderos son los siguientes :NORTE: Anteriormente callejón cumana que es su frente, y hoy en día casa solar de Julián Suarez ; SUR : anteriormente quebrada , hoy en día solar de Victoria Riera ; ESTE : Anteriormente casa de Victoria Riera , hoy en día Callejón Cumana que es su frente y OESTE: Anteriormente casa de Julián Suarez , hoy en día Quebrada Brasil . Dicho inmueble lo adquirió HONORIO JESUS TORREALBA FRANCO, venezolano mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 5.322.819, según consta de documento inscrito en El registro inmobiliario del Municipio Torres, del estado Lara , en fecha 23 de Julio del 2008 , anotado bajo el N° 18 , folio 55 al 57. Del Tomo nueve (9), Protocolo Primero (1°) Trimestre Tercero (3°) del año 2008.
.Se consigna documento de propiedad ; SE ORDENA notificar por oficio a la Oficina Subalterna de Registro Inmobiliario del Municipio Torres, para que estampe las notas marginales correspondientes y dé respuesta de su cumplimiento, remitiéndole a tales efectos copia certificada de la presente decisión.
TERCERO : PROCEDENTE MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO: sobre bienes muebles y equipos propiedad de la Sucesión HONORIO JESUS TORREALBA FRANCO, en la persona de la ciudadana AURA ROSA FRANCO RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad N° V- 2.382.295, (Determinados los cuales son: ) HORNO SECADO MATERIAL THELCO AMARILLO /BEIGE, HORNO ELECTRICO MAGEFESA BEIGE, HORNO SECADO MATERIAL K AZUL 813864, HORNO K AZUL 9161299, MICROCENTRIFUGA DSC-030MH BEIGE, PHOTOMETER 4010 BEIGE, EQUIPO DE HEMATOLOGIA MARCA ABX MODELO, PENTRA 60 60 BEIGE, CENTRIFUGA 24 PUESTOS EXCELSA ll beige /gris AAC12024, EQUIPO DE QUIMICA MARCA RA-1000TECNICON BEIGE/MARRON 719144, EQUIPO DE QUIMICA MARCA RAM-1000TECNICON BEIGE/MARRON TC0508 , HITACHI EQUIPO DE QUIMICA AUTOMATIZADO 704 BEIGE 0377-5 , BAÑO DE MARIA K AZUL/GRIS YCW04M ,ROTADOR DE VDRL VRM-200BEIGE-MARRON , MINDRAY EQUIPO DE HEMATOLOGIA ,AUTOMATIZADO BC-5300 BEIGE RD021101010 , MINDRAY EQUIPO DE HEMATOLOGIA , AUTOMATIZADO BC-5300 BEIGE RD08101300, MEZCLADOR DE SANGRE, BOEKEL GRIS , STAT FAX EQUIPO DE QUIMICA MANUAL MILENIUM lll GRIS , MICROSCOPIO LII BEIGE, MICROSCOPIO LII BEIGE, CONTADOR DE CELULAS GRIS , MICRO SCAN AUTO EQUIPO DE BACTERIOLOGIA, AUTOMATIZADA BEHRING,JUEGO PIPETA DE TRES UND CAPP, AIRE ACONDICIONADO 5TN MILLER GRIS ,AIRE ACONDICIONADO 3TN MILLER GRIS, VENTILADOR CUADRADO(2) TAURUS BEIGE, VENTILADOR PEDESTAL FM NEGRO/ROJO, SISTEMA DE DESTILACION, BOMBA DE AGUA DE ENTRADA AL LOCAL, CUARTICO TABLERO ELEC AZUL, HIDRONEUMATICO AZUL/AMARILLO, FILTRO DE AGUA EN AREA DE COCINA, AVANTI BEIGE, MICROONDAS EN AREA DE COMEDOR FRIDGE NEGRO , REFRIGERADOR 4 PTS TIPO PORTUGUES TECOBAR GRIS /AZUL 5626, CONGELADOR VERTICAL BLANCO KENMORE BLANCO, NEVERA DOS PUERTAS WENCOLD GRIS 0-418, NEVERA DOS PUERTAS WENCOLD GRIS- 0-412, CAMPANA BACTEREOLOGIA , IMPRESORA LX-300(4) CUATRO (4) IMPRESORAS ,EPSON MATRIS DE PTO BEIGE, IMPRESORA (2) DOS IMPRESORAS SANSUNG NEGRAS , IMPRESORA P1505HP LASER GRIS IMPRESORA FISCAL EPSON NEGRO MXDF275068, MONITOR SAMSUNG NEGRO , MONITOR MASTER 551SAMSUNG BEIGE, MONITOR(2) DOS MONITORES BENQ GRIS, MONITOR AITEG NEGRO, MONITOR MINDAI SIRAGON NEGRO, CPU MINDRAY SAMSUNG GRIS, TECLADO MINDRAY KODE NEGRO , CPU SIRAGON/ GRIS /NEGRO, CPU DVD NEGRO , TECLADO GENIUS NEGRO ,TECLADO MEGA NEGRO, TECLADO XTECH NEGRO ,CAPTA HUELLAS BIOTRAC NEGRO , CONTADOR DE BILLETES ABC BEIGE, TELEFONOS INALAMBRICOS (2) PANASONIC NEGRO , EQUIPO DE SONIDO GRIS , EXTINTOR DE FUEGO (3) ROJO , TANQUES DE AGUA(2) AZUL , TANQUE DE AGUA TUBULAR BLANCO, PIPOTE 150 LTS VINO TINTO, BIDON AGUA 20LT HITACHI BLANCO, REGULADOR DE CORRIENTE (2) INTEGRA NEGRO que se encuentran todos en la sede de la EMPRESA LABORATORIO CLINICO TORREALBA FRANCO C.A RIF-J-502322108, ubicado en la avenida 14 de Febrero , esquina calle bolívar, Edificio Doña Aura , Planta Baja de la ciudad de Carora Estado Lara.Se ordena comisionar al correspondiente Juez Ejecutor de Medidas a los fines de que practique al previo señalamiento que deberá efectuar la representación judicial de la parte demandante acerca de los bienes sobre los cuales recaerá dicha cautelar ASÍ SE DECIDE
CUARTO : PROCEDENTE MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO: de un vehículo que perteneció HONORIO JESUS TORREALBA FRANCO , paso a la sucesión HONORIO JESUS TORREALBA FRANCO en la persona de la ciudadana AURA ROSA FRANCO RODRIGUEZ ya identificada, cuyas características son las siguientes : Copia de Certificado de Registro de vehículo para demostrar que el fallecido era el propietario. Certificado de registro de vehículos N° 29226776 de fecha 29 de Abril del año 2010, Numero de Autorización: 6221Lg509682:; propietario HONORIO JESUS TORREALBA, Cedula de identidad N° V- 05322819 ; Placa:A32AG7J ;Serial Carrocería ;8LBETF1M960000704; Serial DE MOTOR: 6VE1-251636; Marca : Chevrolet ; Modelo :LUV; Año Modelo :2006; Color Gris ; Clase : Camioneta ; TIPO pick-up; Numero de puestos: 3; Ejes:2, Tara:2865; Capacidad de Carga : 1135 Kg ;Servicio ,Privado. el cual se encuentra en la Urb Francisco De Miranda Entre Calle Coromoto Y Lisboa Av Carlos Santeliz (A.V El Estadium ,) Quinta El Gran Chaparral , punto de referencia frente al estadium , Ciudad De Carora Estado Lara O en ,en la avenida 14 de Febrero , esquina calle bolívar , Edificio Doña Aura , Planta Baja de la ciudad de Carora Estado Lara , en consecuencia, este Tribunal acuerda medida preventiva de embargo sobre el identificado vehículo y para la ejecución se comisiona al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres a quien corresponda por distribución . Así se resuelve. Líbrese despacho y remítase oficio. En fecha 25 de Septiembre del 2023, se apertura el lapso probatorio del Artículo 602 del Código de Procedimiento Civil, la parte demandante en fecha 02-10-2023 promueve pruebas, se dejo constancia en fecha 03-10-2023 de la consignación de las mismas a través de auto de fecha 04-10-2023 se dejo constancia que el día 02/10/20223 venció el lapso de la incidencia Probatoria

ARGUMENTACIÓN PARA DECIDIR

Ahora bien de la revisión al cuaderno de medida se evidencia que en la aplicación respecto a la oposición de conformidad con el Art 602 CPC “… dentro del tercer día siguiente a la ejecución de la medida preventiva, si la parte contra quien obre estuviere ya citada; o dentro del tercer día siguientes a su citación, la parte contra quien obre la medida podrá oponerse a ella, exponiendo las razones o fundamentos que tuviere que alegar.
Haya habido o no oposición, se entenderá abierta una articulación de ocho días, para que los interesados promuevan y hagan evacuar las pruebas que convengan a sus derechos.
En los casos a que se refiere el artículo 590, no habrá oposición, ni la articulación de que trata este articulo, pero la parte podrá hacer suspender la medida, como se establece en el articulo 589…”
De la norma transcrita se infiere que cuando haya oposición a la medida dentro del lapso establecido por la norma adjetiva para ello, se abre de open legin una articulación probatoria de ochos días de despacho para que las partes promueven y evacuen las pruebas que crean conveniente y el tribunal pasado dicho lapso decidirá dentro de los dos días de despacho siguiente, de autos se constata que se dio cumplimiento a la mencionada norma.
De las actas procesales que conforman este cuaderno separado esta Juzgadora pasa a decidir la incidencia de oposición a la medida preventiva decretada en fecha 13-04-2023 , siendo que en fecha 25 de abril de 2.023 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, mediante auto revocó las medidas cautelares que previamente había decretado, razón por la cual ,se oye apelación interpuesta por el abogado CÉSARGUERRERO, apoderado de la parte actora, y siendo que el Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, declaro dicha apelación: CON LUGAR este tribunal cumpliendo lo ordenado por el Tribunal superior procedió a Oficiar a las dependencias correspondientes Registros y Tribunales Civiles de Municipio a los fines de practicar las medidas cautelares acordadas .
A precia esta juzgadora que La parte demandante, CESAR AUGUSTO GUERRERO titular de la cédula de identidad N° V-10.760.588, profesional del derecho, abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado119.695; actuando en este acto con el carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSE BORGES YEPEZ durante el lapso de la articulación probatoria presento en tiempo útil medios probatorios en el presente cuaderno de medidas

DE LA CONFESIÓN JUDICIAL: sobre la cual señala de la parte demandada que consta en el escrito de la promoción de pruebas que rielan en los folios 364 al 366 del expediente KP12-V-2022-000148, presentado por el ciudadano HECTOR H. CHIRINOS ROJAS, inscrito en el IPSA bajo el N° 52.696 en su carácter de apoderado de la ciudadana AURA ROSA FRANCO RODRIGUEZ, titular de la Cedula de identidad Nro. V-2.382.295, vendió el inmueble plenamente identificado en el numeral primero de la sentencia interlocutoria de medidas cautelares y que vendió las acciones de la empresa Laboratorio Torrealba Franco C.A. plenamente identificado en el numeral tercero de la Sentencia Interlocutoria de medidas cautelares . anexo copia simple de documento de de fecha 31 de julio 2023 documento Registrado de compra Venta De Un Inmueble Ubicado En La Avenida 13 Entre Calles 10 Y 11 Sector an Rafael De La Ciudad De Quibor Parroquia Juan Bautista Rodríguez Del Municipio Jiménez, Cuyos Linderos, Medidas ,Pecificaciones Se encuentran detalladas en el documento que aquí constituido por un (1) Lote de terreno y las bienhechurías sobre el construidas , ubicadas en la avenida 13, entre calles 10 y 11 , Sector San Rafael , de Quibor , parroquia Juan Bautista Rodríguez , Municipio Jiménez del Estado Lara . La parcela de terreno tiene un área aproximado de DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO METROS CON SESENTA Y CINCO CENTÍMETROS CUADRADOS (294,65M2) alinderada así NORTE: En línea de 4,90 mts y en línea de 8,40 mts ambas con ocupación de Manuel Barrueta , SUR: En línea de 10,15 mts con Avenida 13 que es su frente ,ESTE: En línea de 26,75 mts con ocupación de Simodesea Flores , Y OESTE : En línea de 21,40 mts con ocupaciones de Nidia Colina y en línea de 5,35 mts , Las bienhechurías consisten en un local comercial de dos (2) en la planta baja : sala de espera, salón comercial , oficina , cocina , aéreas de servicio, planta alta (12) Doce Consultorios , dos baterías de baños y área de estar , construido por paredes de bloque y cemento , techo de platabanda , pisos de granito con puertas Santa María , ubicado en la av. 13 entre calles 10 y 11 , Sector San Rafael , de Quibor , parroquia Juan Bautista Rodríguez , Municipio Jiménez del Estado Lara y un área de construcción de QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON TREINTA DECIMETROS CUADRADOS (589,30 M2) , Dicho inmueble aparece titulado así: El terreno a nombre de JOSÉ RAMÓN BORGES YEPEZ y HONORIO TORREALBA FRANCO, venezolano , mayores de edad, C.IV -7.454,.170 y V-5.322.819 respectivamente , según consta de documento inscrito en la Oficina de Registro Inmobiliario del Municipio Jiménez y Andrés Eloy Blanco , en fecha 20 de Noviembre del 2018 , anotado bajo el N° 2018.356, asiento registral 1 del inmueble matriculado con el numero 357.11.3.1.2444 ,correspondiente al libro de folio real del año 2018 y las bienhechurías tituladas a nombre de JOSÉ RAMÓN BOR entre AURA ROSA FRANCO RODRIGUEZ, titular de la Cedula de identidad Nro. V-2.382.295 (Vendedora) ALEXIS LAINERT RODRIGUEZ HERNANDEZ cedula de identidad N° 21.274.069 y ANGEL SELENA RODRIGUEZ TORREALBA cedula de identidad N° 25. 461 116 Y ANGEL EDUARDO RODRIGUEZ TORREALBA cedula de identidad N° 27.984.286 (COMPRADORES) el referido documento quedo asentado en el escrito bajo el n° 2018.356 asiento registral 3 del inmueble matriculado con el numero 357.11.3.1.2444 y correspondiente al Libro del folio real año 2018 de fecha 31 de julio 2023, así como la venta ante Registro Mercantil Segundo Del estado Lara de fecha 10 -02-2023 de la totalidad de acciones de LABORATORIO CLINICO TORREALBA FRANCO C.A RIF-J-502322108, ubicado en la avenida 14 de Febrero , esquina calle bolívar, Edificio Doña Aura , Planta Baja de la ciudad de Carora Estado Lara
de la accionista AURA ROSA FRANCO RODRIGUEZ, titular de la Cedula de identidad Nro. V-2.382.295 (Vendedora) al ciudadano ANGEL SELENA RODRIGUEZ TORREALBA cedula de identidad N° 25. 461 116 quedo registrada en fecha 10 de Febrero del 2023 bajo acta de Asamblea ordinaria registrada bajo el n°. 8 Tomo 173-A, Dicha Acta es contentiva de la Venta total de las Acciones que poseía la accionista AURA ROSA FRANCO, titular de la cedula de identidad Nro. 2.382.295 a la Ciudadana ANGEL SELENA RODRIGUEZ TORREALBA Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-25.461.116.


Teniendo en cuenta esta juzgadora que la declaración que hace una de las partes del proceso, sobre hechos propios que son materia del litigio o controversia judicial, a solicitud de su contraparte y que tiene el efecto de probar en el proceso los hechos en la parte que le perjudique la declaración al que la hace. Asimismo, ese medio de prueba para su admisión, debe cumplir con ciertos requisitos o extremos objetivos, que la jurisprudencia de la Sala de Casación Civil ha precisado, de la forma siguiente:
“En este sentido, la confesión puede ser judicial o extrajudicial, según se haga en juicio y a favor de la parte contraria o fuera del juicio. También la confesión puede dividirse en espontánea o voluntaria y provocada. La primera se hace por iniciativa del confesante, y la segunda a exigencia de la contraparte, en respuesta obligada a los interrogatorios que se le formulan. También puede clasificarse como expresa y tácita, esta última llamada confesión ficta; siendo la primera una declaración categórica por la cual se reconoce un hecho controvertido.
No obstante lo anteriormente expuesto, la doctrina ha sido cónsona al sostener que aunque la confesión se refiera a un hecho, no toda declaración de una parte debe juzgarse como una confesión, si en ella no se revela el propósito de reconocer la verdad de las afirmaciones hechas por la contraria, en consecuencia, la confesión debe existir por sí misma, y no será lícito inferirla de los argumentos, alegatos y defensas de los litigantes.(…)
Sobre estos particulares la Sala estima, que no toda declaración implica una confesión, pues para que ella exista se requiere que la misma verse sobre un hecho capaz de tener la suficiente juricidad como para determinar el reconocimiento de un derecho a favor de quien se hace la confesión y la existencia de una obligación en quien confiesa. En consecuencia, para que exista prueba de confesión de una parte en determinado juicio, es absolutamente indispensable que la manifestación de la parte esté acompañada del ánimo correspondiente, es decir, del propósito de confesar algún hecho o circunstancia en beneficio de la otra parte.” (s.S.C.C. n° 347 de 2 de noviembre de 2001, resaltado añadido).
De lo anteriormente señalado considera esta Juzgadora que de el medio de prueba confesión judicial, constituye un indicio

Por otra parte se aprecia que el abogado HECTOR H. CHIRINOS ROJAS, inscrito en el IPSA bajo el N° 52.696 en su carácter de apoderado de la ciudadana AURA ROSA FRANCO RODRIGUEZ, titular de la Cedula de identidad Nro. V-2.382.295 consigna en el Asunto Principal signado con el ASUNTO N° KP12- V-2022-000148 en fecha 27-09-2023 Escrito de pruebas a la fase de oposición. Siendo lo correcto haber presentado todos los escritos y medios Probatorios respecto a la oposición a las medidas en el cuaderno correspondiente KH11-X-2023-000005, siendo este autónomo.

Esta juzgadora puede apreciar que la parte opositora, afectada por las medidas cautelares acordadas abogado HECTOR H. CHIRINOS ROJAS, inscrito en el IPSA bajo el N° 52.696 en su carácter de apoderado de la ciudadana AURA ROSA FRANCO RODRIGUEZ, titular de la Cedula de identidad Nro. V-2.382.295 No cumplió nada de los extremos de ley para la Suspensión de la medida, No aporto pruebas que desmientan los efectos de las medidas, No, presento u oferto caución o garantía. Razón por la cual, en fuerza de las consideraciones, declara SIN LUGAR la oposición a la medida preventiva planteada,



DISPOSITIVA
En consecuencia, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, extensión Carora, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR LA OPOSICION a la medida planteada por abogado HECTOR H. CHIRINOS ROJAS, inscrito en el IPSA bajo el N° 52.696 en su carácter de apoderado de la ciudadana AURA ROSA FRANCO RODRIGUEZ, titular de la Cedula de identidad Nro. V-2.382.295

SEGUNDO: SE MANTIENE LA MEDIDA PREVENTIVA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR: PRIMERO : PROCEDENTE LA MEDIDA PREVENTIVA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR: sobre un inmueble constituido por un (1) Lote de terreno y las bienhechurías sobre el construidas , ubicadas en la avenida 13, entre calles 10 y 11 , Sector San Rafael , de Quibor , parroquia Juan Bautista Rodríguez , Municipio Jiménez del Estado Lara . La parcela de terreno tiene un área aproximado de DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO METROS CON SESENTA Y CINCO CENTÍMETROS CUADRADOS (294,65M2) alinderada así NORTE: En línea de 4,90 mts y en línea de 8,40 mts ambas con ocupación de Manuel Barrueta , SUR: En línea de 10,15 mts con Avenida 13 que es su frente ,ESTE: En línea de 26,75 mts con ocupación de Simodesea Flores , Y OESTE : En línea de 21,40 mts con ocupaciones de Nidia Colina y en línea de 5,35 mts , Las bienhechurías consisten en un local comercial de dos (2) en la planta baja : sala de espera, salón comercial , oficina , cocina , aéreas de servicio, planta alta (12) Doce Consultorios , dos baterías de baños y área de estar , construido por paredes de bloque y cemento , techo de platabanda , pisos de granito con puertas Santa María , ubicado en la av. 13 entre calles 10 y 11 , Sector San Rafael , de Quibor , parroquia Juan Bautista Rodríguez , Municipio Jiménez del Estado Lara y un área de construcción de QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON TREINTA DECIMETROS CUADRADOS (589,30 M2) , Dicho inmueble aparece titulado así: El terreno a nombre de JOSÉ RAMÓN BORGES YEPEZ y HONORIO TORREALBA FRANCO, venezolano , mayores de edad, C.IV -7.454,.170 y V-5.322.819 respectivamente , según consta de documento inscrito en la Oficina de Registro Inmobiliario del Municipio Jiménez y Andrés Eloy Blanco , en fecha 20 de Noviembre del 2018 , anotado bajo el N° 2018.356, asiento registral 1 del inmueble matriculado con el numero 357.11.3.1.2444 ,correspondiente al libro de folio real del año 2018 y las bienhechurías tituladas a nombre de JOSÉ RAMÓN BORGES YEPEZ y HONORIO TORREALBA FRANCO, Según titulo Supletorio evacuado ante El tribunal Tercero Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Jiménez y Andrés Eloy Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Lara según solicitud N°2021-1907 , de fecha 14-10-2021 , el cual posteriormente inserto ante la oficina de registro inmobiliario del Municipio Jiménez y Andrés Eloy Blanco , en fecha 27 de Octubre del 2021 , anotado bajo el N° 2018.356 , Asiento Registral 2, del inmueble matriculado con el N° 357.11.3.1.2444, correspondiente al libro del Folio Real Del Año 2.018.
SEGUNDO: SE MANTIENE MEDIDA PREVENTIVA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR: : sobre un inmueble constituido por un (1) Lote de terreno propio y las bienhechurías sobre el edificadas , ubicadas en el barrio el Brasil , con callejón cumana de la ciudad de Carora , Municipio Torres, del Estado Lara la cual posee una EXTENSION DE Terreno de trescientos treinta y cuatro metros cuadrados centímetros cuadrados (334,00 M2), de terreno propio y las bienhechurías sobre el edificadas tienen un área de construcción de ciento trece metros cuadrados con noventa y siete centímetros cuadrados (113,97M2) consistentes en una (1) casa la cual pese las siguientes características : paredes de bloque de concreto, techo de acerolit, piso de tierra , constante de una (1) sala ,una (1) cocina , dos (2) baños y tres (3) habitaciones tal cual se evidencia en planilla de levantamiento inmobiliario emanada de la Oficina De Dirección De Catastro Adscrita A La Alcaldía Bolivariana Del Municipio Torres , en fecha 30 de mayo del 2008, cuyos linderos son los siguientes :NORTE: Anteriormente callejón cumana que es su frente, y hoy en día casa solar de Julián Suarez ; SUR : anteriormente quebrada , hoy en día solar de Victoria Riera ; ESTE : Anteriormente casa de Victoria Riera , hoy en día Callejón Cumana que es su frente y OESTE: Anteriormente casa de Julián Suarez , hoy en día Quebrada Brasil . Dicho inmueble lo adquirió HONORIO JESUS TORREALBA FRANCO, venezolano mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 5.322.819, según consta de documento inscrito en El registro inmobiliario del Municipio Torres, del estado Lara , en fecha 23 de Julio del 2008 , anotado bajo el N° 18 , folio 55 al 57. Del Tomo nueve (9), Protocolo Primero (1°) Trimestre Tercero (3°) del año 2008.
TERCERO : SE MANTIENE MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO: sobre bienes muebles y equipos propiedad de la Sucesión HONORIO JESUS TORREALBA FRANCO, en la persona de la ciudadana AURA ROSA FRANCO RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad N° V- 2.382.295, (Determinados los cuales son: ) HORNO SECADO MATERIAL THELCO AMARILLO /BEIGE, HORNO ELECTRICO MAGEFESA BEIGE, HORNO SECADO MATERIAL K AZUL 813864, HORNO K AZUL 9161299, MICROCENTRIFUGA DSC-030MH BEIGE, PHOTOMETER 4010 BEIGE, EQUIPO DE HEMATOLOGIA MARCA ABX MODELO, PENTRA 60 60 BEIGE, CENTRIFUGA 24 PUESTOS EXCELSA ll beige /gris AAC12024, EQUIPO DE QUIMICA MARCA RA-1000TECNICON BEIGE/MARRON 719144, EQUIPO DE QUIMICA MARCA RAM-1000TECNICON BEIGE/MARRON TC0508 , HITACHI EQUIPO DE QUIMICA AUTOMATIZADO 704 BEIGE 0377-5 , BAÑO DE MARIA K AZUL/GRIS YCW04M ,ROTADOR DE VDRL VRM-200BEIGE-MARRON , MINDRAY EQUIPO DE HEMATOLOGIA ,AUTOMATIZADO BC-5300 BEIGE RD021101010 , MINDRAY EQUIPO DE HEMATOLOGIA , AUTOMATIZADO BC-5300 BEIGE RD08101300, MEZCLADOR DE SANGRE, BOEKEL GRIS , STAT FAX EQUIPO DE QUIMICA MANUAL MILENIUM lll GRIS , MICROSCOPIO LII BEIGE, MICROSCOPIO LII BEIGE, CONTADOR DE CELULAS GRIS , MICRO SCAN AUTO EQUIPO DE BACTERIOLOGIA, AUTOMATIZADA BEHRING,JUEGO PIPETA DE TRES UND CAPP, AIRE ACONDICIONADO 5TN MILLER GRIS ,AIRE ACONDICIONADO 3TN MILLER GRIS, VENTILADOR CUADRADO(2) TAURUS BEIGE, VENTILADOR PEDESTAL FM NEGRO/ROJO, SISTEMA DE DESTILACION, BOMBA DE AGUA DE ENTRADA AL LOCAL, CUARTICO TABLERO ELEC AZUL, HIDRONEUMATICO AZUL/AMARILLO, FILTRO DE AGUA EN AREA DE COCINA, AVANTI BEIGE, MICROONDAS EN AREA DE COMEDOR FRIDGE NEGRO , REFRIGERADOR 4 PTS TIPO PORTUGUES TECOBAR GRIS /AZUL 5626, CONGELADOR VERTICAL BLANCO KENMORE BLANCO, NEVERA DOS PUERTAS WENCOLD GRIS 0-418, NEVERA DOS PUERTAS WENCOLD GRIS- 0-412, CAMPANA BACTEREOLOGIA , IMPRESORA LX-300(4) CUATRO (4) IMPRESORAS ,EPSON MATRIS DE PTO BEIGE, IMPRESORA (2) DOS IMPRESORAS SANSUNG NEGRAS , IMPRESORA P1505HP LASER GRIS IMPRESORA FISCAL EPSON NEGRO MXDF275068, MONITOR SAMSUNG NEGRO , MONITOR MASTER 551SAMSUNG BEIGE, MONITOR(2) DOS MONITORES BENQ GRIS, MONITOR AITEG NEGRO, MONITOR MINDAI SIRAGON NEGRO, CPU MINDRAY SAMSUNG GRIS, TECLADO MINDRAY KODE NEGRO , CPU SIRAGON/ GRIS /NEGRO, CPU DVD NEGRO , TECLADO GENIUS NEGRO ,TECLADO MEGA NEGRO, TECLADO XTECH NEGRO ,CAPTA HUELLAS BIOTRAC NEGRO , CONTADOR DE BILLETES ABC BEIGE, TELEFONOS INALAMBRICOS (2) PANASONIC NEGRO , EQUIPO DE SONIDO GRIS , EXTINTOR DE FUEGO (3) ROJO , TANQUES DE AGUA(2) AZUL , TANQUE DE AGUA TUBULAR BLANCO, PIPOTE 150 LTS VINO TINTO, BIDON AGUA 20LT HITACHI BLANCO, REGULADOR DE CORRIENTE (2) INTEGRA NEGRO que se encuentran todos en la sede de la EMPRESA LABORATORIO CLINICO TORREALBA FRANCO C.A RIF-J-502322108, ubicado en la avenida 14 de Febrero , esquina calle bolívar , Edificio Doña Aura , Planta Baja de la ciudad de Carora Estado Lara.

CUARTO : SE MANTIENE MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO: de un vehículo que perteneció HONORIO JESUS TORREALBA FRANCO , paso a la sucesión HONORIO JESUS TORREALBA FRANCO en la persona de la ciudadana AURA ROSA FRANCO RODRIGUEZ ya identificada, cuyas características son las siguientes : Copia de Certificado de Registro de vehículo para demostrar que el fallecido era el propietario. Certificado de registro de vehículos N° 29226776 de fecha 29 de Abril del año 2010, Numero de Autorización: 6221Lg509682:; propietario HONORIO JESUS TORREALBA, Cedula de identidad N° V- 05322819 ; Placa:A32AG7J ;Serial Carrocería ;8LBETF1M960000704; Serial DE MOTOR: 6VE1-251636; Marca : Chevrolet ; Modelo :LUV; Año Modelo :2006; Color Gris ; Clase : Camioneta ; TIPO pick-up; Numero de puestos: 3; Ejes:2, Tara:2865; Capacidad de Carga : 1135 Kg ;Servicio ,Privado. el cual se encuentra en la Urb Francisco De Miranda Entre Calle Coromoto Y Lisboa Av Carlos Santeliz (A.V El Estadium ,) Quinta El Gran Chaparral , punto de referencia frente al estadium , Ciudad De Carora Estado Lara O en ,en la avenida 14 de Febrero , esquina calle bolívar , Edificio Doña Aura , Planta Baja de la ciudad de Carora Estado Lara , en consecuencia, este Tribunal acuerda medida preventiva de embargo sobre el identificado vehículo y para la ejecución se comisiona al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres a quien corresponda por distribución .
SEXTO: Vista la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costa
Publíquese, Regístrese incluso en la página Web y déjese copia certificada para el copiador de sentencias. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Carora, a los cuatro (04) días del mes de Octubre del año dos mil veintitrés (04/10/2023). Años 213° de la Independencia y 164° de la Federación.
La Jueza Provisoria,

Abg. Dolores Malave
La Secretaria,

Abg. Karemth Alcalá
En ésta misma fecha se registró bajo el Nº 030/2023, se publicó siendo las tres horas de la tarde (03:22p.m.) y se expidió copia certificada para el copiador de sentencias llevado por este Juzgado. Conste.-
La Secretaria,

Abg. Karemth Alcalá