REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO NORTE


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON COMPETENCIA EN LOS ESTADOS COJEDES Y YARACUY.-
Valencia, dieciséis (16) de octubre de 2023.
Años: 213º y 164º
Expediente. Nro. 16.880. Vista la diligencia presentada en fecha once (11) de octubre de 2023, por el abogado JOSE GUILLERMO DUARTE TERAN, titular de la cedula de identidad Nro. V.- 13.482.277 e inscrito en el instituto de previsión social del abogado bajo el Nro. 320.513 actuando en su condición de apoderado judicial de la ciudadana LETICIA DEL CARMEN PLATT RIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la
cedula de identidad Nro. V.-11.095.749, Parte Querellante a los fines de solicitar:


“…Omissis… por cuanto en fecha 09/08/2023 fue ordenada la reincorporación de mi representada al cargo de Coordinadora de la Oficina de Control de Consignaciones o a un puesto de mayor jerarquía en el Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, cargo que este ejerce desde el año 2012, reincorporación que fue decretada por Medida promulgada por el Juzgado Superior estadal contencioso administrativo de la circunscripción judicial del estado Carabobo, con competencia en los estados Cojedes y Yaracuy. Ahora bien, una vez reincorporada, el Juez Superior del Circuito Judicial Civil de Puerto Cabello, Abog. Carlos Eduardo Nuñez Garcia, me envió un oficio donde la ponen a orden de la Rectoría Civil Valencia, incurriendo en DESACATO, por cuanto no cumplió la orden emanada del Tribunal Contencioso Administrativo, y hasta la presente fecha la rectoría no ha cumplido tampoco con la designarla o incorporarla a otro Tribunal de la ciudad de Puerto Cabello. En fecha 14/08/2023, solicito sus vacaciones correspondientes al periodo vencido de 2022, siendo disfrutadas desde el 15/08/2023 al 20/09/2023, ambas fechas inclusive, siendo su reintegro el día 21/09/2023, asistiendo a su lugar de trabajo a firmar la debida asistencia, tal y como fue acordado por el Juez Rector Dr. Omar Montes Meza. Una vez que me encontraba en la Oficia de la OCC, la ciudadana Paola Izarra, quien funge como Coordinadora Judicial (e), cumpliendo instrucciones del Juez Superior Carlos Núñez, le indica que debe retirarse de las instalaciones del circuito por cuanto mi representada se encuentra a orden de rectoría, de inmediato recibió una llamada de la secretaria de rectoría, indicándole que se retirara del Circuito Civil de Puerto Cabello. Así mismo, el Abog. Carlos Núñez, llamo a la compañera de labores Yosmar Rodríguez, quien está encargada de la OCC actualmente, para decirle que le dijera a mi representada se retirara de la oficina que no podía permanecer allí. (…)

Visto lo antes señalado y la serie de irregularidades que se han presentado con respecto a la reincorporación de la funcionaria LETICIA PLATT RIVAS, pido a este honorable Tribunal Contencioso Administrativo, se oficie a la Rectoría a los fines de que rinda cuenta de la situación o estatus de mi representada, y; a su vez solicito la EJECUCION de la Medida decretada por este Tribunal”

-I-

-BREVE RESEÑA DE LAS ACTAS PROCESALES-


Mediante sentencia de fecha 02 de agosto de 2023, dictada por este

Juzgado Superior, se estableció lo siguiente:

“(…)”

1. PRIMERO: PROCEDENTE la medida cautelar de SUSPENSIÓN DE EFECTOS de la Resolución Nro. 001/2023 emanada por el Dr. Carlos Eduardo Núñez García, titular de la cedula de identidad Nro. V.- 7.558.965 en su condición de Juez Coordinador del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, extensión Puerto Cabello de fecha 08 de febrero del 2023, en la que se destituyó del cargo de Coordinadora de la Oficina de Control de Consignaciones (OCC) adscrita a la DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA.

2. SEGUNDO: Se le ORDENA al DR. OMAR ALEXIS MONTES MEZA, en su condición de JUEZ RECTOR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO y en el marco de sus competencias, a que gire las instrucciones pertinentes a los fines de que:

2.1 Se restablezca a su puesto de trabajo a la hoy querellante de Coordinadora de la Oficina de Control de Consignaciones (OCC) o en su efecto a otro cargo de igual o mayor jerarquía al que poseía la ciudadana LETICIA DEL CARMEN PLATT RIVAS, titular de la cedula de identidad Nro. V.-11.095.749 que sea acorde a su antigüedad y a su experiencia profesional hasta que culmine el proceso judicial.

3. TERCERO: Se le ORDENA al Abg. IGNACIO SOLORZANO, en su condición de DIRECTOR ADMINISTRATIVO REGIONAL CARABOBO que sea reincorporada a la nómina y la reactivación de todos sus beneficios laborales y contractuales que gozaba al momento de su destitución la ciudadana LETICIA DEL CARMEN PLATT RIVAS, titular de la cedula de identidad Nro. V.-11.095.749.
En fecha 07 de agosto de 2023, compareció el ciudadano CARLOS MARQUEZ, en su condición de Alguacil de este Juzgado Superior consigno resultas de las notificaciones efectuadas a la DIRECCION ADMINISTRATIVA REGIONAL CARABOBO, el JUEZ RECTOR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, al JUEZ COORDINADOR DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, EXTENSIÓN PUERTO CABELLO y a la ciudadana LETICIA DEL CARMEN PLATT RIVA titular de la cedula de identidad Nro. V.-11.095.749.
En fecha 09 de agosto del año en curso mediante diligencia el abogado de

la parte querellante solicito copias certificadas, pedimento que fue acordado mediante auto.
En fecha 10 de agosto del 2023, mediante diligencia el apoderado judicial de la parte querellante consigno oficio Nro. 063/2023 de fecha 09/08/2023 dirigido al Dr. OMAR MONTES MEZA.
En fecha 03 de octubre de 2023, compareció el ciudadano CARLOS MARQUEZ, en su condición de Alguacil de este Juzgado Superior consigno resultas de las notificaciones efectuadas a la DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA.
Por lo antes narrado pasa este Juzgado Superior en usos de las facultades dada por la ley pasa a pronunciarse sobre la solicitud planteada:
-II-

-CONSIDERACIONES PARA DECIDIR-

De acuerdo a lo anterior, resulta necesario destacar que mediante el pronunciamiento realizado por este Juzgado Superior en fecha dos (02) de agosto del 2023, en el cual se declaró procedente la medida cautelar de suspensión de efectos de la resolución Nro. 001/2023 emanada por el Dr. Carlos Eduardo Núñez García, titular de la cedula de identidad Nro. V.- 7.558.965 en su condición de Juez



Coordinador del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción

Judicial del estado Carabobo, extensión Puerto Cabello de fecha 08 de febrero del

2023, en la que se destituyó del cargo de Coordinadora de la Oficina de Control de Consignaciones (OCC) adscrita a la DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA, en mencionada sentencia se restituye provisionalmente la situación jurídica infringida.
Éste Juzgador en pro de garantizar la tutela judicial efectiva que rige como derecho fundamental del Estado venezolano, en virtud del cual, se garantiza la justicia como valor preponderante para conseguir la democracia como hecho social y fungiendo como órgano ejecutor y autoridad de la ley procede a SOLICITAR al DIRECTOR ADMINISTRATIVO REGIONAL CARABOBO y al JUEZ RECTOR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO a que dentro de los cinco (05) días de despacho siguiente rinda informe en el cual exponga la forma y oportunidad en la que dieron o darán cumplimiento a lo ordenado en la sentencia cautelar de fecha dos (02) de agosto de 2023, en consecuencia se ordena su notificación bajo los oficios Nro. 0619 y 0620.
El Juez Superior



DR. PEDRO ENRIQUE VELASCO PRIETO.

La Secretaria Accidental,




Abg. Libny P. Ballesteros.













PEVP/LPB/HG