REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO NORTE


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
CON COMPETENCIA EN LOS ESTADOS COJEDES Y YARACUY
PALACIO DE JUSTICIA, SEDE VALENCIA, ESTADO CARABOBO.
VALENCIA, 30 DE OCTUBRE 2023.
AÑOS: 213° y 164°





Parte demandante: ESTADO CARABOBO.

Expediente Nro. 13.940


Parte demandada: MANIOBRAS CIVILES, C.A Y PROSEGUROS S.A

Objeto del Procedimiento: DEMANDA POR CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.



-I-

DE LOS ANTECEDENTES.

En fecha 21 de Marzo de 2011, fue interpuesta la demanda por cumplimiento de contrato, por la abogada en ejercicio ROSA A. LÓPEZ DAHDAH, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V- Nro. 9.831.846, inscrita en el Instituto de Previsión Social de Abogado bajo el Nro. 54.609, con el carácter de representante de la Entidad Federal Carabobo, contra MANIOBRAS CIVILES, C.A Y PROSEGUROS S.A
En fecha 04 de Abril de 2011, se le dio entrada y se anoto en los libros correspondientes.
En fecha 12 de abril de 2011, mediante auto del tribunal se le da admisión en cuanto ha lugar en derecho se refiere y se ordena citar a los ciudadanos. En la misma fecha se libraron las notificaciones ordenadas.
En fecha 27 de abril de 2011, mediante diligencia compareció la abogada KARELIA B. FIGUEROA C, inscrita en el instituto de previsión social del Abogado bajo el Nro.
102.373 en su carácter de representante legal del Estado Carabobo, dejo constancia de la consignación de los emolumentos correspondientes para obtener las compulsas para la práctica de las citaciones.
En fecha 03 de mayo de 2011, compareció ante este tribunal la abogada ROSA A. LÓPEZ DAHDAH, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V- Nro.
9.831.846, inscrita en el Instituto de Previsión Social de Abogado bajo el Nro. 54.609, con el carácter de representante de la Entidad Federal Carabobo, solicitó se le designara correo especial a los fines de hacer entrega de las comisión dirigida al Juzgado Distribuidor De Los Municipios Girardot Y Mario Briceño Iragorri De La Circunscripción Judicial Del Área Metropolitana De Caracas.



En fecha 03 de mayo de 2011, mediante auto dictado por este tribunal se designo correo especial a la ROSA A. LÓPEZ DAHDAH, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V- Nro. 9.831.846, inscrita en el Instituto de Previsión Social de Abogado bajo el Nro. 54.609, con el carácter de representante de la Entidad Federal Carabobo.
En fecha 16 de mayo de 2011, mediante diligencia compareció ante este tribunal la abogada ROSA A. LÓPEZ DAHDAH, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V- Nro. 9.831.846, inscrita en el Instituto de Previsión Social de Abogado bajo el Nro. 54.609, con el carácter de representante de la Entidad Federal Carabobo, consigno comprobante de la recepción de la comisión.
En fecha 24 de mayo de 2011, compareció ante este Tribunal el Alguacil EDGAR ZAPATA y consignó compulsa librada al ciudadano ERNESTO SABAL BETANCOURT, en su carácter de Presidente de la junta directiva de Proseguros S.A., siendo infructuosa dicha compulsa debido que el ciudadano ERNESTO SABAL BETANCOURT.
En fecha 12 de agosto de 2011, mediante diligencia, compareció ante este juzgado la abogada KARELIA B. FIGUEROA C, inscrita en el instituto de previsión social del Abogado bajo el Nro. 102.373 en su carácter de representante legal del Estado Carabobo, consignó las resultas de la comisión proveniente Juzgado Distribuidor De Los Municipios Girardot Y Mario Briceño Iragorri De La Circunscripción Judicial Del Área Metropolitana De Caracas.
En fecha 01 de Noviembre de 2011, mediante diligencia compareció ante este Juzgado Superior la abogada KARELIA B. FIGUEROA C, inscrita en el instituto de previsión social del Abogado bajo el Nro. 102.373 en su carácter de representante legal del Estado Carabobo y solicitó el abocamiento del nuevo Juez.
En fecha 18 de noviembre de 2011, mediante auto dictado por este Tribunal, el ciudadano JOSE GREGORIO MADRIZ DIAZ en su condición de Juez provisorio, designado por la comisión Judicial en reunión de fecha 22 de Julio de 2011 y con juramento ante la presidenta del Tribunal Supremo de Justicia, se aboco al conocimiento de la presente
causa.

En fecha 06 de diciembre de 2011, mediante diligencia, compareció la abogada KARELIA B. FIGUEROA C, inscrita en el instituto de previsión social del Abogado bajo el Nro. 102.373 en su carácter de representante legal del Estado Carabobo, se dio por notificada del abocamiento de Juez.
En fecha 11 de mayo de 2012, mediante diligencia compareció la abogada ANA MARIA FREY inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número
134.637 en su condición de representante legal del ESTADO CARABOBO, solicito la expedición del cartel de citación.
En fecha 25 de mayo de 2012 mediante diligencia compareció la abogada KARELIA B. FIGUEROA C, inscrita en el instituto de previsión social del Abogado bajo el Nro.
102.373 en su carácter de representante legal del Estado Carabobo consignó copias



fotostáticas simples del libelo de demanda y del auto de admisión para que se practicara su certificación y dar apertura al cuaderno de medidas.
En fecha 21 de Junio de 2012, mediante auto dictado por este Juzgado Superior se ordenó la apertura de la pieza separada.
En fecha 21 de febrero de 2019, mediante diligencia compareció la abogada la Abogada EDMAR DAVILA inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº 294.429, en su carácter de representante del ESTADO CARABOBO solicito el abocamiento del nuevo Juez.
En fecha 14 de marzo de 2019, en su condición de Juez provisorio, designado por la comisión Judicial en reunión de fecha 01 de Noviembre de 2018, con juramento ante la presidenta del Tribunal Supremo de Justicia del 12 de Noviembre 2018, el ciudadano FRANCISCO GUSTAVO AMONI VELASQUEZ se aboco al conocimiento de la presente causa.
En fecha 01 de Marzo de 2021, mediante diligencia compareció ante este Tribunal el abogado STEFANO RODRIGUEZ inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº 305.161, en su carácter de representante del ESTADO CARABOBO, solicito el abocamiento del nuevo Juez.
En fecha 28 de Septiembre de 2021, se dictó auto mediante el cual el ciudadano PEDRO ENRIQUE VELASCO PRIETO, en su condición de Juez Provisorio, designado por la Comisión Judicial en reunión de fecha 05 de noviembre del 2020 y con juramento ante el Presidente del Tribunal Supremo de Justicia el 18 de noviembre de 2020, se abocó al conocimiento de la presente causa.
En fecha 22 de febrero de 2022, compareció el abogado ALVARO MACHADO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 295.681, mediante diligencia consignó sustitución de facultades signada bajo el N° PEC-SP-AJ-CCTAC-0015-
2022, de fecha catorce (14) de enero de 2022, suscrito por la abogada LILIAN ESCALANTE CASTELLANOS, en su carácter de Procuradora del Estado Carabobo.
En fecha 08 de marzo de 2022, compareció la abogada SORIELIS NOGUERA ARCIA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 254.751, mediante diligencia consignó sustitución de facultades signada bajo el N° PEC-SP-AJ- CCTAC-0239-2022, de fecha veintinueve (29) de julio de 2022, suscrito por la abogada LILIAN ESCALANTE CASTELLANOS, en su carácter de Procuradora del Estado Carabobo y solicita a este Tribunal oficiar al Juzgado 21° de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Área Metropolitana de Caracas, para que informe sobre el estatus de la comisión N°
21-C-2017-459, la cual tiene como finalidad practicar la fijación del cartel de citación en la

morada.

En fecha 15 de marzo de 2023, mediante auto dictado por este Juzgado se observó que la presente fecha es de gran voluminosidad, lo cual dificulta su manejo de conformidad con lo establecido en el artículo 25 del Código de Procedimiento Civil, se ordena cerrarla y abrir una distinta que se denominará pieza Nro. 2, para continuación del procedimiento; en esta misma fecha se le da apertura a la presente pieza denominada



Nro. 2, la cual continuará con las actuaciones de la pieza principal del expediente Nro.

13.940.

En fecha 15 de marzo de 2023, este Juzgado mediante auto NIEGA EL PEDIMENTO, solicitado por la abogada SORIELIS NOGUERA ARCIA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 254.751, en fecha 08 de marzo de de 2023, en virtud de que se deben actualizar las notificaciones de la admisión de la demanda por haber pasado con creces el tiempo establecido por la ley para tomarlas como efectivas, siendo así el siguiente paso la actualización y cumplimiento de las notificaciones.
En fecha 25 de septiembre de 2023, compareció ante este Juzgado el abogado

JOAB BAPTISTA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº

200.331 y consignó diligencia solicitando la actualización del cartel de citación librado por este Juzgado en fecha 20 de marzo de 2013, dirigidos a notificar a la Sociedad de Comercio Maniobras Civiles C.A., para ser publicado en el diario “Ultimas Noticias”, a los fines de cumplir los extremos de ley referidos a su publicación y fijación establecido en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil.
Ahora bien luego de revisado todo el recorrido procesal en la presente causa y vista la diligencia presentada en fecha 25 de septiembre de 2023; este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con competencia en los estados Cojedes y Yaracuy, NIEGA EL PEDIMIENTO, solicitado por el Abogado JOAN BAPTISTA, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 200.331, actuando en su carácter de Representante Judicial del Estado Carabobo, Parte Demandante, en virtud de que después de haber sido revisadas todas las actas que componen la presente causa se evidencia que en fecha En fecha 07 de mayo de 2013, este Tribunal Superior, recibió diligencia mediante la cual la abogada ANA MARIA FREY RAMIREZ, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 134.637, consigna el cartel de citación librado a las sociedades mercantiles MANIOBRAS CIVILES C.A. y PROSEGUROS, S.A., publicado en 22 de abril de 2013 en el diario EL UNIVERSAL, página publicidad 1-9 y 26 de abril de 2013 en el diario EL NACIONAL, página deportes 5 y dado que paso con creces más de 60 días entre una notificación y otra y no se cumplió con las formalidades establecido en la ley adjetiva. Así se decide.-

El Juez Superior,




DR. PEDRO ENRIQUE VELASCO PRIETO



La Secretaria Accidental,



ABG. LIBNY P. BALLESTEROS P.




PEVP/LPBP/IC.