REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
EN SU NOMBRE:
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BEJUMA MONTALBAN Y MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Miranda, 30 de Abril de 2024.
Años: 214° y 165°
SOLICITANTE: MAVEL ZORAIDA HERRERA DE DIAZ (Actuando en nombre Propio y en representación del ciudadano: JULIO CESAR DIAZ QUINTERO).
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.
SENTENCIA: AUTONOMA RESUELTA.
EXPEDIENTE Nº: 017/24
Vista la solicitud presentada por la Ciudadana: MAVEL ZORAIDA HERRERA DE DIAZ, venezolana, mayor de edad, Casada, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.364.570, debidamente asistida por la abogada MARIA MARTINA SALAS BELISARIO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 161.084, funcionaria adscrita al programa Tribunal Móvil de la Escuela Nacional de la Magistratura, actuando en nombre propio y en representación del Ciudadano: JULIO CESAR DIAZ QUINTERO, venezolano, mayor de edad, Casado, Titular de la Cédula de Identidad N° V-24.973.003, mediante el cual solicita se les decrete TITULO SUPLETORIO de dominio sobre las Bienhechurías fabricadas a sus propias y únicas expensas y con dinero de sus propios peculios, cuya ubicación, linderos y características se especifican en la Solicitud. Ahora bien, vistas las declaraciones de los Testigos: JIMENEZ MEZA GUSTAVO RAFAEL y SANCHEZ ROMAN MARIA ALEJANDRA, venezolanos, mayores de edad, Titulares de las Cedulas de identidad N° V-14.713.811 y V-26.579.579 respectivamente, domiciliados en el Municipio Montalbán del estado Carabobo, así como el documento de propiedad del terreno debidamente protocolizado ante la oficina del Registro Público del Municipio Montalbán, de fecha Once (11) de Febrero del año dos mil Once (2011), bajo el Nº 2010.61, Asiento Registral 1, del inmueble matriculado con el Nº 309.7.5.1.24, correspondiente al Libro de Folio Real Año 2011, estudiado el caso, tomando en cuenta que mediante Resolución Nº 0006-2009 de fecha 18 de Marzo de 2009 emanada del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152 de fecha 02 de Abril 2009, se atribuyó competencia a los Juzgados de Municipio, para el trámite de esta diligencia; en consecuencia, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BEJUMA MONTALBAN Y MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: RESUELVE: Declarar TITULO SUPLETORIO de las bienhechurías identificadas en la solicitud, a favor de los Ciudadanos: MAVEL ZORAIDA HERRERA DE DIAZ y JULIO CESAR DIAZ QUINTERO antes identificados, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos a terceros. Devuélvase a la parte interesada y déjese constancia de su salida en el Libro respectivo.-
LA JUEZA,
ABG. MABEL DEL CARMEN OJEDA BETANCOURT.
EL SECRETARIO,
ABG. RONALD ESTEBAN ORTEGA SILVA.
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