REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO NORTE
JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO CON COMPETENCIA EN LOS ESTADOS COJEDES Y YARACUY.-
Valencia, 24 de Abril de 2024
Años: 214º y 165º
Exp. Nro. 16.937
En la condición de Juez Provisorio, designado por la Comisión Judicial en reunión de fecha 03 de Abril del 2024 y con juramento ante la Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia el 05 de Abril de 2024, el ciudadano CARLOS ALBERTO BONILLA ALVAREZ, se aboca al conocimiento de la presente causa.
Vista la sentencia dictada por este Juzgado en fecha catorce (14) de Marzo de 2024, mediante la cual se declaró:
“(…omissis…) 1.- SU INCOMPETENCIA: Para conocer la querella funcionarial interpuesta por el ciudadano, José Adonay Urdaneta, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V-9.675.882, e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 212.114, quien actúa en su propio nombre y representación, contra el acto administrativo de efectos particulares emanado de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 09 de mayo de 2023, contentito en el oficio Nº TSJ-CJ-Nº 1606, mediante el cual se acordó su remoción del cargo como Juez Provisorio del Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en Función de Control del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Adolescente del estado Cojedes:
2.- DECLINA LA COMPETENCIA: ante la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, conforme a la parte motiva de la presente decisión.
3.- SE ORDENA: Remitir el presente expediente a la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia una vez conste en autos su notificación.
4.- Se Acuerda: la Notificación de la parte querellante. (…omissis…).
Acto seguido considera menester quien suscribe dejar constancia que en fecha primero (01) de abril del 2024, el ciudadano CARLOS LUIS MARQUEZ, en su condición de Alguacil de éste Juzgado Superior dejo constancia de haber sido practicada la boleta de notificación dirigida a la parte querellante.
En consecuencia, y firme como se encuentra la decisión por no haberse ejercido ningún recurso se acuerda remitir el presente expediente a la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de ley.
El Juez Superior,
Dr. CARLOS ALBERTO BONILLA ALVAREZ
La Secretaria,
ABG. LIBNY PAOLA BALLESTEROS PARRA.
Exp. Nº 16.937. Se remite el expediente constante de una (01) pieza principal de treinta y nueve (39) folios útiles según oficio Nro. 0008.
La Secretaria,
ABG. LIBNY PAOLA BALLESTEROS PARRA.
CABA/LPBP/IC.