REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, uno de agosto de dos mil veinticuatro
214º y 165º
ASUNTO: KP02-S-2024-000311
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana: CARMEN JULIA ALVARADO GIMENEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-13.269.134, asistida en este acto, por la abogada: CANDIDA MENDOZA, inscrita en el I.P.S.A, bajo el N° 226.550, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante la propiedad de las bienhechurías ubicadas en Barrio Coriano, Carretera Vieja al Tocuyo entre calles 1 y 2, Parroquia Guerrera Ana Soto, Municipio Iribarren del estado Lara, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, que mide aproximadamente DOS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON CINCUENTA Y SESIS METROS CUADRADOS (2.297.56 MTS2) cuyas características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la solicitante ciudadana: CARMEN JULIA ALVARADO GIMENEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-13.269.134 , anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.tsj.gob.ve
La Jueza,
Abg. Mariani Selena Linares Peraza
La Secretaria,
Abg. María Isabel Godoy Viloria
MSLP/ Migv/San