REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRO NORTE


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EL JUZGADO SUPERIOR ESTADAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
CON COMPETENCIA EN LOS ESTADO COJEDES Y YARACUY
Valencia, 18 de diciembre de 2024
Años: 214° y 165º
De la revisión exhaustiva de las actas procesales que conforman la presente causa, se evidenció que en fecha diez (10) de diciembre de 2024, se dictó auto de admisión de pruebas en la Querella Funcionarial interpuesta por el ciudadano EDGARDO MOISES VELÁSQUEZ NOROÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.107.460, debidamente asistido por el abogado JOSNIBER D´VIANNEY CASTILLO CAMPOS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el nro. 316.864, en contra del INSTITUTO AUTÓNOMO DE LA SALUD DEL ESTADO YARACUY.
Ahora bien, visto que no consta en autos que se haya librado oficios de notificación en esa fecha, se ordena librar los respectivos oficios. Y ASÍ SE DECIDE.-
El Juez Superior,


DR. CARLOS ALBERTO BONILLA ÁLVAREZ

La Secretaria,

ABG. LIBNY PAOLA BALLESTEROS PARRA
Exp. No 16.926. En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se libraron los oficios de notificaciones bajo los Nros. 0934, 0935 y 0936.
La Secretaria,

ABG. LIBNY P. BALLESTEROS P
CABA/LPBP/VM