SOLICITUD No. 1951-2023
SOLICITANTE: ciudadana MARILYN DELCARID CHIRINOS GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.842.805, de este domicilio, actuando como Apoderada Judicial de la ciudadana MARIANGELI ARIANA ALONGI PEÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-22.607.132, de este domicilio, según se evidencia en instrumento Poder debidamente otorgado por la Notaria Pública Segunda de la ciudad de Punto Fijo, de fecha diez (10) de noviembre del 2022, el cual quedo anotado bajo el Nº 25, Tomo 34, Folios 92 hasta 94 de los libros de autenticación llevados por esa notaria debidamente asistido por la Abogada ANA MARIA URBINA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 148.485, de este domicilio, teléfono Nº 0414-3615898, correo electrónico: ana_airam18@gmail.com.
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO.

Revisadas las actas procesales que conforman la presente solicitud se evidencia que la ciudadana MARILYN DELCARID CHIRINOS GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.842.805, de este domicilio, actuando como Apoderada Judicial de la ciudadana MARIANGELI ARIANA ALONGI PEÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-22.607.132, de este domicilio, según se evidencia en instrumento Poder debidamente otorgado por la Notaria Pública Segunda de la ciudad de Punto Fijo, de fecha diez (10) de noviembre del 2022, el cual quedo anotado bajo el Nº 25, Tomo 34, Folios 92 hasta 94 de los libros de autenticación llevados por esa notaria debidamente asistido por la Abogada ANA MARIA URBINA, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 148.485, de este domicilio, Nº telefónico: 0414-3615898, correo electrónico: ana_airam18@gmail.com, presentó en fecha 27 de junio de 2023, por ante el Tribunal Distribuidor, solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO Nº 149, de fecha 21 de Noviembre de 1995, emitida por la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Norte, Municipio Carirubana del estado Falcón, correspondiendo a éste Tribunal por distribución, en la cual expone:
Que se incurrió en el siguiente error: al transcribir erróneamente el estado civil de mi padre PEDRO JOSE ALONGI BERMUDEZ como “soltero” siendo lo correcto “casado”.
Para efectos probatorios la solicitante consignó: Copia certificada de Acta de Matrimonio Nº 23 emitida por la Oficina de Registro Civil del Municipio Foráneo Borburata Municipio Puerto Cabello del estado Carabobo de fecha once (11) de mayo de 1984, en la cual aparece su evidencia su estado civil.

Probado como ha sido lo alegado y vista la obviedad del error denunciado que no amerita la tramitación de un juicio de rectificación de Acta de Nacimiento, éste tribunal, de conformidad con el artículo 149 de la Ley Orgánica de Registro Civil y 774 del Código de Procedimiento Civil, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, ordena en forma SUMARIA la rectificación de dicha acta, en consecuencia hágase la debida nota marginal en el Acta de Nacimiento, previamente determinada, a fin de que se escriba correctamente el estado civil del ciudadano PEDRO JOSE ALONGI BERMUDEZ, que se colocó “soltero”, siendo lo correcto: “casado”; se acuerda oficiar, al Registro Principal del Estado Falcón, y al Registrador Civil de la Parroquia Norte del Municipio Carirubana del Estado Falcón, a los fines de que estampe la nota marginal en el Acta de Nacimiento Nº 149, de fecha veintiuno (21) de Noviembre de 1995. Así se decide.
Expídanse por secretaria las copias certificadas de la presente decisión que fuere menester al interesado y envíense las necesarias a las autoridades civiles correspondientes, acompañado de oficio.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, a los nueve (09) días del mes de enero del año dos mil veinticuatro (2024). Años: 213º de la Independencia y 164º de la Federación.
EL JUEZ PROVISORIO,


ABG. WINDER MARTINEZ MARQUEZ
LA SECRETARIA TITULAR,


ABG. ESP. LUIXANA LUGO