REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO GUANARE DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
DECRETO
Guanare, 06 de Febrero del 2.024
Años: 213° y 164°

Tramitada como ha sido la presente solicitud por concepto de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por la profesional del derecho ciudadana: MARYELYS DEL CARMEN CARMONA BERRIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.329.086, inscrita en el Instituto de Prevención Social del Abogado bajo el Nº 261.535, actuando en este acto en su propio nombre y representación de los ciudadanos: José Gabriel Carmona Berrios, Maribel Coromoto Carmona Berrios, Jorgen Avilio Carmona Castellanos, Javier David Carmona Castellanos, David Alexander Carmona Castellanos, y María Magdalena Berrios de Carmona venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: 15.349.634, 15.349.633, 10.055.769, 12.008.076, 13.960.821 y 4.303.018, mediante la cual solicitan se les declare a ella y a los ciudadanos up supra antes identificados, en su condición de hijos y cónyuge respectivamente, la cualidad de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante Avilio Carmona, quien en vida fuera venezolano, mayor de edad, de estado civil casado, titular de la cédula de identidad Nº 2.729.910, quien falleció ab-intestato en el Hospital Dr. Miguel Oraá, en fecha 25/06/2023.
Cumplidos como fueron los extremos de Ley, se le dio entrada, tramitándose el procedimiento conforme a derecho, es decir, se ordenó la publicación de un Edicto para la comparecencia de alguna persona interesada en éste procedimiento, constando en autos que cumplido tal requisito no compareció persona alguna, por lo que se fijó oportunidad para la declaración de los testigos que promovió la parte interesada.
Constan en autos como medios probatorios:
 Copia Certificada del acta de defunción del ciudadano Avilio Carmona venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 2.729.910, de estado civil casado, inserta bajo el numero 523, folio 035 del año 2023, tomo 3. Folio (02 al 03)

 Copia Certificada del acta de Matrimonio de los ciudadanos Avilio Carmona con María Magdalena Berrios de Carmona venezolanos, inserta bajo el número 288, folio 182 del año 1977, tomo 3. Folio (04 al 05)

 Copia Certificada del Acta de Nacimiento correspondiente a la ciudadana Maribel Coromoto Carmona Berrios, emanada del Registro Civil del Municipio Guanare del estado Portuguesa, inserta en el Libro del Registro Civil de nacimientos bajo el número de acta 2082, folio 227 fte y vlto, de fecha siete de octubre de mil novecientos ochenta y dos (07/10/1982). Folio (07 al 08).

 Copia Certificada del Acta de Nacimiento correspondiente al ciudadano José Gabriel Carmona Berrios, emanada del Registro Civil del Municipio Guanare del estado Portuguesa, inserta en el Libro del Registro Civil de nacimientos bajo el número de acta 737, folio 9 fte y vlto, de fecha dos de Abril de mil novecientos ochenta y uno (02/04/1981). Folio (09 al 10).

 Copia Certificada del Acta de Nacimiento correspondiente a la ciudadana Maryelys del Carmen Carmona Berrios, emanada del Registro Civil del Municipio Guanare del estado Portuguesa, inserta en el Libro del Registro Civil de nacimientos bajo el número de acta 961, folio 40 fte y vlto, de fecha veintiséis de Abril de mil novecientos setenta y ocho (26/04/1978). Folio (11 al 12).

 Copia Certificada del Acta de Nacimiento correspondiente al ciudadano David Alexander Carmona Castellanos, emanada del Registro Civil del Municipio Guanare del estado Portuguesa, inserta en el Libro del Registro Civil de nacimientos bajo el número de acta 2746, folio 195 fte y vlto, de fecha dieciocho de Diciembre de mil novecientos setenta y cuatro (18/12/1974). Folio (13 al 14).


 Copia Certificada del Acta de Nacimiento correspondiente al ciudadano Javier David Carmona Castellanos, emanada del Registro Civil del Municipio Guanare del estado Portuguesa, inserta en el Libro del Registro Civil de nacimientos bajo el número de acta 1089, folio 190 fte y vlto, de fecha veintisiete de mayo de mil novecientos setenta y cuatro (27/05/1974). Folio (15 al 16).

 Copia Certificada del Acta de Nacimiento correspondiente al ciudadano Jorgen Avilio Carmona Castellanos, emanada del Registro Civil del Municipio Guanare del estado Portuguesa, inserta en el Libro del Registro Civil de nacimientos bajo el número de acta 1901, folio 416 fte y vlto, de fecha veinticuatro de septiembre de mil novecientos setenta y uno (24/09/1971). Folio (17 al 18)

 Copia fotostática de la cédula de identidad del de cujus Avilio Carmona. Folio (19).

 Copias fotostáticas de las cédulas de identidad de los ciudadanos María Magdalena Berrios De Carmona, Maryelys Del Carmen Carmona Berrios, Jorgen Avilio Carmona Castellanos, Javier David Carmona Castellanos, David Alexander Carmona Castellanos, José Gabriel Carmona Berrios, Maribel Coromoto Carmona Berrios. Folios (20 al 26).

En su oportunidad comparecieron por ante éste Tribunal los ciudadanos: Rosaida del Carmen Fernández de Escobar y Orlando Antonio Escobar Escobar, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros 15.798.166 y 12.894.528, respectivamente, testigos promovidos por la parte interesada, evidenciándose con su declaración los hechos invocados en la solicitud los cuales fueron concatenados con los medios probatorios aportados por la parte solicitante.
Corolario de lo anterior, por cuanto no ha habido oposición éste Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA estas diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos: Maryelys Del Carmen Carmona Berrios, José Gabriel Carmona Berrios, Maribel Coromoto Carmona Berrios, Jorgen Avilio Carmona Castellanos, Javier David Carmona Castellanos, David Alexander Carmona Castellanos y María Magdalena Berrios de Carmona plenamente identificados en autos, en su condición de hijos y cónyuge respectivamente, la cualidad de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del Causante Avilio Carmona vocación hereditaria que les deviene, conforme al Artículo anteriormente mencionado, en concordancia con el artículo 822, 823 y 824 del Código Civil, quedando siempre a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas.
La Jueza Provisorio,
Abg. Carol Sofia Escobar Morales.
El Secretario Temporal,

Abg. Fernando J Rojas Rivas.
Solicitud Nº. 11.109-23
CSEM/FJRR/ECM.