PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL GUANARITO DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA
Guanarito, 05 de Febrero de 2024.
Años: 213° y 164°
Exp. Civil Nº 2145-24.
Visto el ofrecimiento hecho por ciudadano: DERVIS JOSE TRONCOSA PERAZA, venezolano, mayor de edad, domiciliado en el Barrio El Cafetal, Carrera 9, entre Calles 11 y 12, Casa s/n, del Municipio Guanarito, Estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad N° V-17.882.940, y la aceptación de la ciudadana: OSLIMAR YHOSIANA MOLINA LEAL, venezolana, mayor de edad, domiciliada en el Barrio 23 de Enero, casa s/n, del Municipio Guanarito, Estado Portuguesa, titular de la cédula de identidad N° V-18.668.989, en el Ofrecimiento de Obligación Manutención, en beneficio de su hija: SE OMITE EL NOMBRE DE LA NIÑA POR MANDATO DE LEY, de la cantidad de Dos mil Quinientos Veinte Bolívares (2.520.00 bs) mensuales, y en los meses de diciembre de cada año ambos padres se comprometen a cubrir el 50% de los gastos de ropa y zapato. En relación a los gastos de medico y medicinas, será responsabilidad de ambos padres, los cuales cubrirán el 50% de dichos gastos, cuando lo requiera la niña beneficiaria en este procedimiento. Por cuanto dicho ofrecimiento y aceptación, no vulnera los derechos del Niño, Niña y del adolescente, consagrados en la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente. Este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanarito del Primer Circuito la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; le imparte la Homologación de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente. ASI SE DECIDE.
Diarícese, Regístrese, Déjese copia certificada de la presente decisión. Expediente Civil N° 2145-24.
El Juez;
Abg. Rene Briceño.
El Secretario;
Abg. Wuillian Guevara.
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado, en autos. Conste El Scrio.
Abg. Wuillian Guevara.
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