REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



EN SU NOMBRE:
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS AGUA BLANCA Y SAN RAFAEL DE ONOTO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA

Agua Blanca, 27 de Febrero del Año 2024
213° y 164°
EXPEDIENTE: Nº S- 1111-2024


Vista la solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, interpuesta en fecha; Quince (15) Enero del Año Dos Mil Veinticuatro (2024), donde la Ciudadana: VIOLETA TOVAR DE LA ROSA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.326.396. Actuando en nombre propio y en representación de sus hijos, Ciudadanos: JESUS DANIEL CARRASCO TOVAR, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V: 19.903.025 y MARIA ELENA CARRASCO TOVAR, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V: 20.640.255, Domiciliados en Corralito I, casa S/N, Vía Pimpinela, Municipio San Rafael de Onoto del Estado Portuguesa. Debidamente asistidos por la Abogada: BELKYS MARIA CARRASCO SOTO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: V-10.143.414, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 250.903. Solicita que sean declarados como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS sobre los bienes dejados por el de Cujus: ADELIS JOSE CARRASCO TARIFE, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-8.841.351, y su ultimo domicilio fue en el Sector Corralito I, Vía Principal, casa S/N del Municipio San Rafael de Onoto, Estado Portuguesa. Quien falleció a los QUINCE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS (15-12-2023), en el Hospital DR JESUS MARIA CASAL RAMOS, Municipio Araure, Estado Portuguesa. Según consta de Acta de Defunción Nº 1506, folio 024, Registrada en fecha: DIECISEIS (16) DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS (16-12-2023), ante el Registro Civil del Municipio Araure, Estado Portuguesa.
Fueron consignadas con la Solicitud; Copia fotostática de la Cedula de Identidad perteneciente al Causante: ADELIS JOSE CARRASCO TARIFE; Copia Fotostática de la Cedula de Identidad de la Solicitante: VIOLETA TOVAR DE LA ROSA y de los demás Herederos, Ciudadanos: JESUS DANIEL CARRASCO TOVAR y MARIA ELENA CARRASCO TOVAR; Copia Fotostática de la Cedula de Identidad de los Testigos, Ciudadanos: ELIZ ESPERANZA VILLAVICENCIO DE LOPEZ y JULIO CESAR ROLDAN OCHOA. Copia Fotostática Certificada del Acta de Defunción perteneciente al Ciudadano: ADELIS JOSE CARRASCO TARIFE. Copia Certificada del Acta de UNIÓN ESTABLE DE HECHO, pertenecientes a los Ciudadanos: VIOLETA TOVAR DE LA ROSA y ADELIS JOSE CARRASCO TARIFE (fallecido) y por ultimo Copia fotostáticas Certificadas de las Partidas de Nacimiento perteneciente a los Ciudadanos; JESUS DANIEL CARRASCO TOVAR y MARIA ELENA CARRASCO TOVAR.
En fecha: Dieciocho de Enero del Año Dos Mil Veinticuatro (18-01-2024), se Admitió la presente Solicitud, por cuanto a lugar en Derecho y de conformidad a lo establecido en el Artículo 3, de la Resolución emanada del Tribunal Supremo de Justicia, Mediante la cual se modifica a nivel Nacional las competencias para conocer los asuntos en materia Civil, Mercantil y Transito publicada en gaceta oficial Número 39.152 de fecha 02 de Abril de 2009, Ordenándose la publicación de CARTEL DE NOTIFICACIÓN, en un (01) Diario de Circulación Nacional, con el fin de que cualquier persona que tenga interés directo y manifiesto concurriese a este Tribunal a Exponer lo que considera conveniente, de igual forma se estableció en el Auto de Admisión que consignados en autos la Publicación de los Carteles respectivos, se dejará transcurrir un lapso de Diez (10) días.
A los Treinta (30) días del mes de Enero del Año Dos Mil Veinticuatro (30-01-2024) La Abogada: BELKYS MARIA CARRASCO SOTO, en representación de la Ciudadana, VIOLETA TOVAR DE LA ROSA, consigna debidamente publicado en periodo de Circulación Nacional (TOP PUBLIC “JURIDICO”), Un (01) Cartel de Notificación. Posteriormente, transcurridos los Diez (10) días de Despacho correspondientes, se dejó constancia del Vencimiento del lapso de oposición de Terceros establecido en la Ley.
En Fecha Veintidós (22) de Febrero del Año Dos Mil Veinticuatro (22-02-2024), Se escuchó deposición testimonial de los Ciudadanos: ELIZ ESPERANZA VILLAVICENCIO DE LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.198.806 y JULIO CESAR ROLDAN OCHOA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.663.477. Respectivamente, quienes fueron promovidos como Testigos, tal como se evidencia en la Solicitud inserta en el folio uno *01* Siendo la oportunidad para decidir, el Tribunal observa: ÚNICO: Con los documentos acompañados en la Solicitud, Copia fotostática de la Cedula de Identidad perteneciente al Causante: ADELIS JOSE CARRASCO TARIFE; Copia Fotostática de la Cedula de Identidad de la Solicitante: VIOLETA TOVAR DE LA ROSA y de los demás Herederos, Ciudadanos: JESUS DANIEL CARRASCO TOVAR y MARIA ELENA CARRASCO TOVAR; Copia Fotostática de la Cedula de Identidad de los Testigos, Ciudadanos: ELIZ ESPERANZA VILLAVICENCIO DE LOPEZ y JULIO CESAR ROLDAN OCHOA. Copia Fotostática Certificada del Acta de Defunción Nº 1506, folio 024, Registrada en fecha: DIECISEIS (16) DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS (16-12-2023), ante el Registro Civil del Municipio Araure, Estado Portuguesa, perteneciente al Ciudadano: ADELIS JOSE CARRASCO TARIFE. Copia Certificada del Acta de UNIÓN ESTABLE DE HECHO Nº 054, Folio 054, Tomo I, Emitida por el Registro Civil y Electoral del Municipio San Rafael de Onoto del estado Portuguesa, pertenecientes a los Ciudadanos: VIOLETA TOVAR DE LA ROSA y ADELIS JOSE CARRASCO TARIFE (difunto), y por ultimo Copia fotostáticas Certificada de la Partida de Nacimiento signada con el Nº 404, Tomo II, de fecha; NUEVE DE NOVIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS (19-11-1992) Inserta ante el Registro Civil del Municipio San Rafael de Onoto del Estado Portuguesa, perteneciente a la Ciudadana: MARIA ELENA CARRASCO TOVAR, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V: 20.640.255. Partida de Nacimiento signada con el Nº 363, tomo II, de fecha; TRES DE OCTUBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA (03-10-1990) Inserta ante el Registro Civil del Municipio San Rafael de Onoto del Estado Portuguesa, Perteneciente al Ciudadano: JESUS DANIEL CARRASCO TOVAR, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V: 19.903.025. Documentos que esta Juzgadora Aprecia y valora de conformidad a los Artículos 1359 y 1360 del Código Civil. De igual forma y tomando en consideración la declaración de los Testigos; ELIZ ESPERANZA VILLAVICENCIO DE LOPEZ y JULIO CESAR ROLDAN OCHOA, los cuales estuvieron contestes en afirmar los hechos narrados, no encontrándose incursos en generales de Ley, razón por la cual, la suscrita Juez valora y aprecia las señaladas deposiciones testimoniales de conformidad al artículo 508 del Código de Procedimiento Civil.
Valoradas todas las pruebas traídas por el solicitante a los autos, conforme lo ordena el Artículo 509 del Código de Procedimiento Civil. Este Tribunal considera que se encuentra demostrado que el Ciudadano: ADELIS JOSE CARRASCO TARIFE, (DIFUNTO) Deja como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a sus hijos legítimos, Ciudadanos: JESUS DANIEL CARRASCO TOVAR, MARIA ELENA CARRASCO TOVAR y a su concubina, Ciudadana: VIOLETA TOVAR DE LA ROSA, plenamente identificados. Respectivamente. “Y ASÍ SE DECLARA”.
Por las razones expuestas, este Tribunal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad a lo establecido en el Artículo 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo expresamente “LOS DERECHOS DE TERCEROS, POR LA NATURALEZA MISMA DE LA PRESENTE SOLICITUD”. Declara las presentes actuaciones suficientes para que se acredite como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de los bienes dejados por el Causante, Ciudadano: ADELIS JOSE CARRASCO TARIFE, a sus hijos, Ciudadanos: JESUS DANIEL CARRASCO TOVAR, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V: 19.903.025, MARIA ELENA CARRASCO TOVAR, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V: 20.640.255 y a su concubina, ciudadana; VIOLETA TOVAR DE LA ROSA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.326.396. Expídase por Secretaría, copias fotostáticas certificadas del presente Decreto siendo a costas del Solicitante la reproducción de las mismas. Publíquese, regístrese y devuélvase el original de las presentes actuaciones a los interesados a los fines legales convenientes a la anotación de todo lo actuado en el Libro Diario del Tribunal. Dada, firmado y sellado en la sala del Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Agua Blanca y San Rafael de Onoto del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial de Estado Portuguesa, Agua Blanca, a los Veintisiete (27) días del mes de Febrero del Año Dos Mil Veinticuatro (2024) A los 213° Años de la Independencia y 164° de la Federación.
LA JUEZA PROVISORIA
ABG. ANELIN LISSETT ALVARADO HERRERA.
LA SECRETARIA
ABG. KATTRYN MORILLO

En esta misma fecha siendo las 10:30 am, se publicó conste. –

La Secretaria
ALAH/km
10:30 AM